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![]() No. 003 DE 2014 Pereira, mayo 7 de 2014 En cumplimiento a lo establecido en el artículo 85 del Decreto 1510 de 2013 SE INVITA a la Comunidad en General, a presentar su propuesta dentro de la CONVOCATORIA PUBLICA del Proceso No. 003 de 2014, cuyo objeto es contratar el: “Servicio de producción con puesto fijo a dos cámaras con cabezote de entrada y de salida para la realización de los sorteos de la Lotería del Risaralda, los días viernes a partir de las 10:30 p.m. hasta la ejecución del último sorteo aproximadamente 11:30 p.m., de los cuales se transmitirá y emitirá en vivo y en directo por espacio de un minuto, el sorteo del premio mayor, a través de un canal público con una total cobertura a nivel nacional, a partir del 16 de Mayo hasta el 6 de Junio del 2014, durante 4 sorteos”. MODALIDAD DE SELECCIÓN De acuerdo a lo señalado en la Ley 1474 de 2011, artículo 93 (por medio del cual se modifica el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007), Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las Sociedades entre Entidades Públicas con participación mayoritaria del Estado superior al cincuenta por ciento (50%), estarán sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que desarrollen actividades comerciales en competencia con el sector privado y/o público, nacional o internacional o en mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13 de la presente ley. Se exceptúan los contratos de ciencia y tecnología, que se regirán por la Ley 29 de 1990 y las disposiciones normativas existentes. Adicional a lo previsto por el régimen propio del monopolio de los juegos de suerte y azar, de acuerdo al proceso de selección establecido para suscribir contratos de esta naturaleza, el presente proceso de contratación se regirá por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 artículo 2º numeral 1º, Artículo 2º numeral 1º del Decreto Reglamentario 066 de 2008, la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”, el Decreto 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”, el Decreto 1510 del 17 de julio de 2013 “Por el cual se reglamenta el sistema de compras y contratación pública” y demás normas concordantes y complementarias que regulen tanto E.I.C.E., como procesos de esta naturaleza. PLAZO ESTIMADO DEL CONTRATO A partir del sorteo 2334 del 16 de mayo del 2014 hasta el sorteo 2337 del 6 de junio del 2014, durante 4 sorteos, previa legalización del contrato y suscripción del acta de inicio. PRESUPUESTO OFICIAL La LOTERÍA cuenta con un presupuesto de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($15.499.876), INCLUIDO IVA, de conformidad a la Certificación Expedida por el área Administrativa – Financiera hay disponibilidad número: 000162, apropiación contenida en el rubro No. 2.1.2.49.08 Denominado Transmisión de sorteos. LUGAR FISICO O ELECTRONICO DONDE PUEDEN CONSULTARSE LOS DOCUMENTOS REALCIONADOS CON LA LICITACION PÚBLICA NO. 001 DE 2014 Los Pliegos de Condiciones están a disposición en el SECOP (Sistema Electrónico de Contratación Pública) a través del Portal Único de Contratación, dirección www.contratos.gov.co, además podrán ser consultados en la página web de la empresa LOTERÍA DEL RISARALDA www.loteriadelrisaralda.com y en la Gerencia de la “LOTERÍA DEL RISARALDA”, ubicada en la calle 19 número 7 – 53 3er piso Edificio Lotería del Risaralda. Tel. 3236060. FECHA LÍMITE, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA La fecha de cierre de la invitación pública de mínima cuantía es Mayo 12 de 2014 9:00 a.m. en las instalaciones del edificio de la Lotería del Risaralda; las Propuestas se entregarán en original y copia, en dos sobres cerrados, indicando claramente su contenido. CONDICIONES GENERALES SER HÁBIL PARA CONTRATAR CON ENTIDADES OFICIALES El oferente no deberá estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado, a que se refieren la Constitución Política, el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas concordantes y complementarias, ni estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. En el caso de las Uniones Temporales o Consorcios, ninguno de los integrantes podrá estar incurso en las inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado, ni estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. Los oferentes deberán manifestar bajo la gravedad de juramento, que no se encuentran incursos en inhabilidad o incompatibilidad alguna para contratar con entidades oficiales. El juramento se entenderá prestado con la suscripción de la carta de presentación de la propuesta, y cobija todas las inhabilidades o incompatibilidades de orden legal o constitucional, en particular a las previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y a los eventuales conflictos de interés. Obligaciones:
DEBIDA REPRESENTACIÓN Quien presente una propuesta en representación de una persona jurídica, debe demostrar que está debidamente facultado para comprometerla por el valor de la propuesta y para suscribir el contrato correspondiente. En caso de limitación estatutaria, el representante legal de la sociedad deberá aportar autorización de la junta de socios u órgano societario competente para ofrecer, contratar, conformar consorcios o uniones temporales, según sea el caso. En el evento de documentos expedidos por autoridades de países miembros del Convenio de La Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla. TENER CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Las personas naturales, jurídicas, consorcios o uniones temporales, deberán acreditar su capacidad jurídica de la siguiente manera: Personas Naturales: Deberán acreditar su capacidad jurídica presentando copia de la cédula de ciudadanía que lo acredita como ciudadano en ejercicio. Personas Jurídicas: Deberán acreditar su capacidad jurídica presentando copia de un certificado de existencia y representación legal con expedición no superior a los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre y recibo de propuestas en el presente proceso. Consorcios y Uniones Temporales: Deberán acreditar su capacidad jurídica presentando copia de la carta de constitución del consorcio o unión temporal en el que se indique el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros y el nombre e identificación del representante legal del consorcio o unión temporal, y copia de un certificado de existencia y representación legal de cada uno de los miembros del consorcio o unión temporal, con expedición no superior a los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre y recibo de propuestas en el presente proceso. Documentos:
REGLAS DE SUBSANABILIDAD La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, podrán ser solicitados por la entidad en cualquier momento. CRITERIO PARA DIRIMIR EMPATES Se entenderá que hay empate entre dos propuestas, cuando presenten un número idéntico en el precio ciento por ciento, con un número entero y dos decimales. En el caso en que dos o más propuestas bajo el criterio anterior, hubieran arrojado un mismo resultado, y de acuerdo a lo establecido en el numeral 6º del artículo 85 del Decreto 1510 de 2013, la Entidad adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas. En ningún caso se permitirá que se subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso de selección. COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA En la fecha y hora establecida por esta invitación pública, en el “Cronograma del Proceso” la Entidad procederá a publicar la comunicación de aceptación de la oferta simultáneamente con la respuesta a las observaciones presentadas por los oferentes a los informes de evaluación. La comunicación de aceptación junto con la oferta constituyen para todos los efectos el contrato celebrado, con base en el cual se efectuará el correspondiente registro presupuestal. Mediante la comunicación de aceptación de la oferta, o de declaratoria de desierta, la Entidad manifestará la aceptación expresa e incondicional de la misma, los datos de contacto de la Entidad y del Supervisor designado. Con la publicación de la comunicación de aceptación, el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta. En caso de no lograrse la adjudicación, la Entidad declarará desierto el proceso mediante comunicación motivada que será publicada. Si hubiere proponentes el término para presentar el recurso de reposición correrá desde la notificación del acto que declaró desierto el proceso. FACTORES DE SELECCIÓN DE OFERTAS La oferta más favorable a la Entidad será aquella con el menor precio. De acuerdo a lo previsto en los numerales 4° y 6° del artículo 85 del Decreto 1510 de 2013, el factor de selección para escoger la propuesta adjudicataria será el menor precio ofertado que cumpla con los requisitos exigidos por la entidad; en consecuencia, solo se verificarán los requisitos habilitantes (jurídicos, técnicos y financieros, cuando sean exigidos) respecto del proponente que oferte al menor precio. En caso de que éste no cumpla con los mismos, procederá la verificación del proponente ubicado en segundo lugar y así sucesivamente. De no lograrse la habilitación, se declarará desierto el proceso. Como se desprende del estudio previo, en el proceso que se adelanta serán verificados los requisitos jurídicos y técnicos exigidos por la Entidad. Debe entenderse que la oferta con el menor precio será aquella que contenga el número entero y dos decimales en pesos colombianos, más bajo, el cual deberá cobijar la totalidad de la oferta, por cuanto no se admiten propuestas parciales o alternativas. La propuesta de precio deberá expresarse en letras y números. SUPERVISIÓN La Lotería del Risaralda realizará la supervisión del contrato a través del Coordinador de Ventas y Sorteos de la Entidad. CRONOGRAMA
OSCAR FERNANDO NARANJO RESTREPO Gerente ( E ) Elaboró: Claudia A. García Marín Profesional Jurídica Revisó: Valentina Castaño Restrepo Jefe Oficina Asesora Jurídica |