Hoy en día que términos como desarrollo sostenible, competitividad, market share local e internacional, etc., ya no son temas inherentes solamente a las grandes






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fecha de publicación07.10.2016
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EDITORIAL

Hoy en día que términos como desarrollo sostenible, competitividad, market share local e internacional, etc., ya no son temas inherentes solamente a las grandes multinacionales sino que son también temas de constante análisis y discusión de las mesas directivas de las principales empresas latinoamericanas, donde Ecuador no es la excepción, comenzamos a diferenciar las buenas empresas de aquellas excelentes medidas no simplemente por sus resultados, sino por su liderazgo en términos que evalúan la forma misma de hacer negocios. Para ello debemos partir de la esencia misma de cada empresa, de la forma que llevan el día a día de sus negocios reconociendo el valor de las buenas prácticas o normas de transparencia aplicadas por sus directivos, que hoy son conocidas como las normas del Buen Gobierno Corporativo.

En esta entrega del Boletín Al Día, nuestra firma aliada en el Perú - Berninzon, Loret de Mola & Benavides Abogados- aborda el tema del Buen Gobierno corporativo desde una perspectiva del mercado más desarrollado y la relación de estas normas con los mercados de valores del Perú y del NYSE. Para analizar la introducción de las normas en el Ecuador, nuestra abogada Asociada, María Victoria Cabrera, explora las realidades aplicadas a nuestro país y los pasos que las empresas líderes de nuestro medio están tomando con el objetivo de transparentar sus decisiones y en fin la manera de hacer negocios en el Ecuador. Esperamos que este boletín termine de convencernos de que el Buen Gobierno Corporativo trae beneficios sostenibles para los accionistas, empleados, inversionistas y el mercado en general.

ARTICULO

BUEN GOBIERNO CORPORATIVO: Desde la perspectiva de la realidad ecuatoriana

p. María Victoria Cabrera Ormaza, LL.M.

Hablar de buen gobierno corporativo parece que nos es más un tema desconocido para las empresas ecuatorianas dada la gran difusión de información y sensibilización del tema por parte de los medios nacionales e internacionales. En Ecuador, contamos con una serie de directrices plasmadas en recomendaciones de organismos internacionales –tales como la OECD1 y la CAF2 - sobre organización empresarial, derechos de accionistas, etc., respecto de las cuales se hace difícil ver su adecuación práctica a nuestra realidad empresarial.

Debemos partir reconociendo dos realidades fundamentales en el Ecuador. La primera, es que la gran mayoría de las empresas ecuatorianas son sociedades de capital cerrado, es decir, sociedades en donde las acciones no son negociadas en el mercado de valores, y en cambio se mantienen en poder de un grupo familiar o económico donde sus miembros se conocen totalmente, ejercitando ellos mismos las funciones directivas y ejecutivas de sus empresas. La segunda, consecuencia de la anterior, es que dado ese carácter cerrado de quienes administras dichas compañías, existe un fuerte riesgo latente de las empresas de caer en crisis de institucionalidad cuando el éxito alcanzado bajo la administración de ciertas personas recae ante la sustitución de sus ejecutivo por faltar una política firme de prácticas empresariales - esto sucede principalmente en empresas del sector público o en los clubes deportivos- o cuando en el caso de empresas familiares, no pueden sostenerse ante un cambio generacional.

Frente a esto, las empresas en el Ecuador deberían iniciar de forma progresiva una revisión a fondo de su organigrama de funciones y procedimientos en lo que respecta tanto a la toma de decisiones de alto nivel, control efectivo de la ejecución de dichas decisiones y del rango de responsabilidades de sus directores y administradores. Esta revisión debe partir desde los estatutos sociales y demás información corporativa que evidencie el límite de acción legal de los distintos cuerpos de la empresa tanto interna como externamente; y simultáneamente proceder con un análisis de aspectos laborales, tributarios o financieros, pues muchas veces no es sino hasta el cambio de una administración a otra donde saltan a la luz problemas para la empresa en el manejo de estas áreas, que perjudican en mayor o menor medida a la corporación en su imagen frente a terceros.

Si bien los lineamientos de buen gobierno corporativo diseñados hasta el momento se enfocan principalmente a empresas de capital abierto, es decir cuyas acciones son libremente negociadas en el mercado, es necesario también establecer directrices o protocolos en empresas familiares o cerradas que garanticen la transparencia de sus operaciones, la competencia en la elección de sus directores y ejecutores más allá del grado de familiar, y la resolución de conflictos a nivel interno en miras de proteger la reputación corporativa ante el público. Esto último podría realizarse, por ejemplo, estableciendo cláusulas de arbitraje o mediación cuidadosamente elaboradas, de forma tal que pueda abarcar conflictos con futuros socios no suscriptores del contrato de sociedad, así como con nuevos administradores o directores.

El establecimiento de un buen gobierno corporativo en las empresas es posible sea cual sea el tipo de empresa y la realidad política o económica del país donde se encuentre. El éxito está en que la empresa pueda ser capaz de implementar por sí sola mecanismos suficientes y efectivos de autorregulación y prevención de situaciones críticas, involucrando criterios que provengan tanto del cuerpo interno de la empresa como principalmente desde fuera de ella através de asesores externos que tienen un criterio más objetivo, de tal forma que se viabilice la eficiencia y transparencia de las gestiones empresariales, que a la larga se traducirá en mayor capacidad para atraer financiamiento y confianza del público en general.

SOCIOS ESTRATEGICOS

GOBIERNO CORPORATIVO

  1. ¿En qué consiste el Gobierno Corporativo?

De acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD) las prácticas de buen Gobierno Corporativo conforman un sistema por medio del cual las empresas son dirigidas y controladas. Este sistema desarrolla los aspectos fundamentales en la distribución de derechos y responsabilidades entre los diferentes órganos y actores de la empresa, tales como el directorio, la gerencia, los accionistas y otros grupos de interés. A través de esta estructura interna se establecen reglas y procedimientos transparentes para la toma de decisiones que involucren asuntos corporativos, tales como el trato equitativo a los accionistas, el manejo de los conflictos de interés, la estructura de capital, los esquemas de remuneración e incentivos de la administración, las adquisiciones de control, la revelación de información, la influencia de inversionistas institucionales, entre otros que afectan el proceso a través del cual los recursos de la sociedad son manejados.

  1. ¿Cuál es la importancia del Gobierno Corporativo?

Las prácticas de buen gobierno corporativo benefician al mercado en su conjunto ya que incentivan el manejo profesional de las empresas orientado en principios claros y transparentes. Un buen sistema de gobierno corporativo es un paso importante para generar confianza en los mercados e incentivar el flujo estable y de largo plazo de inversionistas.

  1. ¿Qué aspectos comprenden el Gobierno Corporativo?

Para la OECD los principios de gobierno corporativo giran en torno a cinco aspectos básicos:

  • Los derechos de los accionistas;

  • El trato equitativo para los accionistas,

  • El rol de los grupos de interés;

  • Transparencia y puesta a disposición de información;

  • La responsabilidad del directorio.

De los Derechos de los Accionistas

El marco de un sistema de gobierno corporativos corporativo debe proteger los derechos de los accionistas procurando la producción y distribución efectiva, suficiente y oportuna que les permita el pleno ejercicio de sus derechos políticos y económicos.

Del Trato Equitativo para los accionistas

El sistema de gobierno corporativo debe asegurar un trato equitativo para todos los accionistas, incluidos los minoritarios y los extranjeros. Todo accionista debe contar con la posibilidad de obtener reparación efectiva por la violación de sus derechos.

Del Rol de los Grupos de Interés

El marco de gobierno de las sociedades debe reconocer los derechos de los grupos de interés que giran legítimamente alrededor de la empresa y alentar una cooperación activa entre éstos y con éstos hacia un objetivo común que es la generación de riqueza. Las empresas deben contar con mecanismos que incrementen la participación activa de estos grupos de interés y que ofrezcan soluciones de reparación efectiva por violación de sus derechos. Dondequiera que los grupoide interés formen parte del proceso de gobierno societario deben tener acceso a información relevante.

Se reconocen como grupos de interés, entre otros, a los trabajadores, proveedores y acreedores.

Transparencia y Puesta a Disposición de Información

El marco del buen gobierno corporativo de las sociedades debe asegurar que la información presentada por la compañía respecto de los sustanciales de la sociedad, incluidos los resultados de gestión, la situación financiera, la propiedad y el gobierno corporativo sea precisa, oportuna y periódica.

Son considerados como información sustancial, entre otros:

  • Los resultados financieros y de explotación de la empresa;

  • Los objetos de la empresa;

  • La participación mayoritaria y el ejercicio del derecho a voto de éstos;

  • Las calificaciones y método de selección de los principales administradores de la sociedad, como son los miembros del directorio y los ejecutivos principales y sus remuneraciones;

  • Los factores de riesgos material previsible para el desarrollo de la sociedad y las acciones tomadas para reducir su impacto;

  • Las cuestiones materiales referentes a los trabajadores y a otros grupos de interés;

  • Los hechos de importancia referidos a los valores emitidos por la sociedad, de ser el caso, y el valor y la oferta que de éstos se haga; y

  • Los grupos económicos con intereses en la sociedad.

Se considera como información material o sustancial a aquella que podría influir en las decisiones económicas de los usuarios de la misma. Los canales de divulgación de la información deben permitir a los usuarios un acceso ala información justo, regular y con un costo razonable.

De la responsabilidad del Directorio

El marco de un buen gobierno corporativo de las sociedades debe estipular las directrices estratégicas que guían a la compañía, un control eficaz de la dirección por parte del directorio y la responsabilidad del mismo hacia la empresa y sus accionistas. El directorio debe actuar en forma independiente, informada y justa para con todos los grupos de interés y con lealtad hacia la empresa, debiendo velar por el buen uso de los activos de la empresa y la integridad de los sistemas contables y financieros de la sociedad, incluida la auditoria independiente, supervisando la efectividad de las practicas de un buen gobierno corporativo. Los miembros del directorio deben tener acceso a una información precisa, relevante, de forma regular y con el fin de ejecutar sus responsabilidades. Las funciones del presidente ejecutivo y gerente general deben estar claramente delimitadas en el estatuto o reglamento interno de la sociedad y su remuneración debe estar en función de su dedicación y experiencia profesional.

4. ¿Los principios de Gobierno Corporativo están dirigidos a todas las compañías?

Los principios de un buen gobierno corporativo se concentran en aquellas empresas que negocian públicamente valores mobiliarios. Sin embargo, estos principios, en su mayoría, son de inmediata aplicación también a otros tipos de empresas tanto de propiedad estatal. Es importante tener en cuenta que los principios de buen gobierno corporativo incentivan una activa cooperación entre la empresa y los grupos de interés para crear riqueza, trabajo y empresas económicamente sólidas.

Tanto en el Perú como en otros países, como los Estados Unidos de Norte América (EE.UU.), los esfuerzos dirigidos a empresas que se encuentran registradas en el Registro Público del Mercado de Valores (“RPMV”), en el primer caso, o a aquellas empresas que listan valores en las principales bolsas, para el segundo caso.

No obstante la aplicación de prácticas de buen gobierno corporativo mejora los niveles de gestión de las empresas que los aplican y le facilita y abarata el acceso al crédito permitiendo una mejor interacción con sus principales grupos de interés propiciando una relación de largo plazo con éstos.

  1. ¿Qué cambios en las estructuras de las sociedades involucra la adopción de Prácticas de Buen Gobierno Corporativo?

Una estructura adecuada de buen gobierno corporativo afecta a las empresas a nivel de su directorio, gerencia, accionistas y grupos de interés en general, en la medida que dispone de reglas y procedimientos para la toma de decisiones, una orientación de la gestión hacia los objetivos y un sistema de monitoreo de los mismos.

El marco de un buen gobierno corporativo mejora los mecanismos por medio de los cuales se produce y se presenta la información sobre la cual se toman decisiones en la empresa y respeto de la misma por parte de los grupos de interés. Un sistema adecuado de buen gobierno establece normas que reducen los costos de transacción, la desigualdad de la información y los conflictos de interés dentro de los órganos y fuera de los órganos encargados de la administración de la compañía.

  1. ¿Qué tipo de normas se han emitido respecto de las Prácticas de Buen Gobierno Corporativo en el Perú?



En el Perú la conciencia acerca de la necesidad de adoptar un marco normativo adecuado de gobierno corporativo es creciente y se ha venido desarrollando sobre todo a través de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). No obstante, en los últimos años se ha dado paso a una corriente dirigida por los principales actores en le mercado legal integral y articulado de prácticas de buen gobierno corporativo aplicable a las empresas, principalmente a las que negocian valores en el mercado a través de mecanismos centralizados de negociación.

Como resultado de este esfuerzo fueron aprobados en el año 2002 los principios de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas. La compilación de estos principios fue una labor liderada por CONASEV conjuntamente con el Ministerio de Economía y Finanzas, la Superintendencia de Banca y Seguros, la Asociación de Bancos, la Bolsa de Valores de Lima, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), el Centro de Estudios de Capitales y Financiero (MC&F) y la Mercado de Capitales (PROCAPITALES).

Estos principios de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas, basados en los principios de la OECD, aprobados en abril de 1999, constituyen recomendaciones de buenas prácticas corporativas que son de cumplimiento voluntario. No obstante, desde el año 2005 las sociedades con valores inscritos en el RPMV deberán incluir dentro de su memoria anual correspondiente al ejercicio del año 2004, un informe que consta de tres secciones en el que informan respecto del grado de cumplimiento de estos principios, incluyendo información como la identificación de los directores independientes, sus remuneraciones, entre otras(este formato se encuentra disponible en la página web de la CONASEV: www.conasev.gob.pe/Principios_buen_gobierno_202.pdf o en la página web de PROCAPITALES: www.procapitales.org

  1. ¿Existe alguna forma de saber qué empresas y en qué medida se adherido a las prácticas de buen gobierno corporativo?

Si bien no existe un registro general que permitía establecer que empresas cumplan con estos principios, en el ámbito de las empresas cotizadas, en el mes de noviembre de 2002 la Bolsa de Valores de Lima cursó una invitación a todas las empresas inscritas en sus registros, a fin de que remitan información sobre su nivel de adhesión a estos principios. La relación de estas empresas y su grado de adhesión a los indicados principios, se encuentra disponible a través de la página web de la Bolsa de Valores de Lima(www-bvl.com.pe).

Así mismo, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 096-2003-EF/94.11, publicada el 5 de diciembre de 2003 en el Diario Oficial El Peruano, la CONASEV ha dispuesto que las empresas supervisadas reporten el grado de cumplimiento de los Principios de Buen Gobierno Corporativo en la información que ponen a disposición del mercado, incluyendo en sus memorias anuales dicha información.

8. ¿Cuál es la tendencia mundial respeto de Gobierno Corporativo?

La conciencia respeto de los beneficios que conlleva la instauración de las buenas prácticas de gobierno corporativo ha ido en aumento. Sucesos como los ocurridos con ENRON y PARMALAT, entre otras, han demostrado la importancia que conlleva la adopción de prácticas de buen gobierno corporativo para el mercado en general. A raíz de estos hechos se ha despertado la conciencia en la necesidad de contar con un marco legal adecuado q asegure la implementación de principios mínimos de buen gobierno corporativo, que ha motivado la dación de una serie de normas y reglamentaciones en este sentido.

En cuanto al mercado, más desarrollado en prácticas de buen gobierno corporativo el sistema implementado en los últimos años en EE.UU. ha sido el de mayor sofisticación. Recientemente las nuevas reglas sobre Gobierno Corporativo en los EE.UU. han modificado sustancialmente los estándares previstos anteriormente. El 4 de noviembre de 2004 la Securities Exchange Comisión (SEG) aprobó los nuevos estándares de buen gobierno corporativo propuestos por la New York Stock Exchange (NYSE), como continuación de un proceso normativo que empezó en el 2002 con la conformación por parte de la (NYSE) del Comité de Estándares para el Listado y Responsabilidad Corporativa.

Los nuevos lineamientos emitidos por la SEC alteran sustancialmente los estándares anteriores implementados por la regla 10ª-3 bajo la sección 301 de la Sabanes-Oxley

Act de 2002). Estos nuevos lineamientos refuerzan los temas de responsabilidad y transparencia respecto a las compañías listadas en la NYSE.

Los lineamientos principales de estos nuevos estándares se aplican a los siguientes temas:

  1. Composición del Directorio.- Bajo estas reglas la mayoría del directorio debe de estar conformado por directores independientes. Para analizar la independencia se busca determinar si los directores han estado sustancialmente relacionados con la compañía. A diferencia de las normas anteriores que solo requerían que la relación de los directores con la compañía con el ejercicio independiente de sus funciones como director, ahora se requiere que el director no haya estado relacionado sustancialmente con la compañía. Para efectos de determinar las sustancialidad de esta relación se analizarán los hechos no solo desde la perspectiva de la compañía sino desde la perspectiva también de las otras entidades con las cuales el director tiene una relación. Las pautas para la determinación de la sustancialidad deberán ser publicadas anualmente por la empresa.



  1. Comité.- Los nuevos estándares exigen que las compañías que cuentan con valores listados en la NYSE tengan un comité de auditoria, de compensación y Nominación y Gobierno Corporativo todos compuestos integramente por directores independientes con entendimiento en temas financieros (Financially Literate).

    1. Comité de Auditoria.- Este comité debe contar al menos con las funciones de supervisar el desempeño del directorio, la integridad de los documentos financieros de la compañía, las calificaciones e independencia de los directores independientes, preparar reportes para la SEC y evaluar su desempeño.

    2. Comité de Compensación.- Este comité debe contar al menos con las funciones de revisión y aprobación de las metas corporativas y objetivos relevantes para la compensación del Chief Executive Officer (CEO) y a la luz de estos objetivos evaluar su desempeño y determinar y aprobar el monto de su compensación, hacer recomendaciones al directorio respecto de otras compensaciones a parte de la del CEO y planes de incentivos y preparar el reporte anual de compensación a ejecutivos que será influido en el Proxy de la junta general de accionistas de la compañía o el reporte 10-K.

    3. Comité de Nominación y Gobierno Corporativo.- Este comité tiene como funciones identificara las personas que cuentan con calificaciones suficientes para ser miembro del directorio, de acuerdo con el criterio establecido para el directorio, seleccionar o recomendar al directorio que seleccione, a los nominados para directores para la siguiente junta general de accionistas y desarrollar y recomendar al directorio los principios de gobierno corporativo aplicable a la compañía.



      1. Código de Conducta en los Negocios.- Todas las compañías listadas deben

adoptar un código de conducta y de ética en los negocios para sus directores, funcionarios y empleados, el mismo que debe abordar al menos los siguientes temas:

        • Conflictos de interés;

        • Oportunidades corporativas de ganancia personal;

        • Confidencialidad respecto de la información de la compañía;

        • Fair dealing con clientes, proveedores, competidores y empleados;

        • Protección y uso adecuado de los activos de la compañía (incluyendo insidertrading); y,

        • Recomendación al directorio de reportar aquellas conductas ilegales o no éticas ocurridas en contra de la compañía.



  1. Certificación del CEO.- Todos los CEO de compañías listadas deben emitir una certificación a la NYSE respecto de que no conoce acto de la compañía que haya estado en violación a las normas de gobierno corporativo de la NYSE. Estas declaraciones deben efectuarse en los reportes anuales de la compañía o en los formatos 10-K.



  1. Carta de Reprimenda Pública.- La NYSE puede emitir cartas públicas de reprimendas cuando una compañía listada haya violado principios de gobierno corporativo. Las suspensión o delistado son penalidades adicionales.

Adicionalmente es importante mencionar la importancia de la Guía de Gobierno Corporativo, la misma que dispone que las compañías listadas deben adoptar principios de buen gobierno corporativo que aborden al menos los siguientes temas:

  • Estándares de calificación de los directores;

  • Responsabilidades de los directores;

  • Acceso de los directores a la gerencia y a los asesores independientes;

  • Compensación de los directores;

  • Orientación de los directores y programas de educación continua;

  • Mecanismos de sucesión de los directores; y,

  • Evaluación anual del desempeño del directorio.

Los principios de gobiernos corporativos deberán de ser puestos en la página web de la compañía para su discusión.



1 Organización de Estados para la Cooperación y el Desarrollo, “OECD Principles of Corporate Governance” (Elaborado y publicado por primera vez en 1999 y revisado en el 2004).


2 La Corporación Andina de Fomento diseñó los lineamientos para un Código Andino de Gobierno Corporativo en el año 2005. Estos están dirigidos principalmente a las empresas, pero su aplicación se extiende a los órganos reguladores así como al mercado de capital y sus operadores.

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