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12- EL ASILO DE ARTIGAS Cuando José Gervasio Artigas fue derrotado por Francisco Ramírez pidió asilo al Dr. Francia en 1820, Francia se lo concedió, indicándole como lugar de residencia la Villa de Curuguaty, donde el prócer Uruguayo vivió 25 años. Más tarde fue trasladado Ybyray en Santísima Trinidad, Actualmente el Solar de Artigas. Allí estuvo hasta el año 1845. Falleció en el año 1850. 13- BOLIVAR Y SU INTENTO DE CONQUISTAR EL PARAGUAY El libertador Bolívar buscó tener adeptos para confeccionar su idea de llegar hasta el Paraguay, pero solo encontró la negativa generalizada de los jefes y caudillos regionales que pelearon en Ayacucho por la Independencia del Perú. Ante ello, no se animó a emprender dicha aventura sin el apoyo unánime de su ejército, ya que la valerosa figura de un enclaustrado Rodríguez de Francia, en su propio territorio, infundía temor a los extranjeros, especialmente a los clandestinos, oportunistas y demagogos, quienes sufrían irremediablemente los coletazos de su alma justiciera e incorruptible. En octubre de 1823 Bolívar envía una carta a Francia, expresando lo siguiente: “El señor Bonpland puede jurar a V.E. antes de salir del territorio de su mando que abandonará las provincias del Río de la Plata, para que de ningún modo le sea posible causar perjuicio a la provincia del Paraguay, que yo, mientras tanto, le espero con la ansia de un amigo y con el respeto de un discípulo, pues sería capaz de marchar hasta el Paraguay solo por libertar al mejor de los hombres y al más célebre de los viajeros”. Impasible Francia ignoró al “libertador” y como respuesta le regaló el silencio y su indiferencia completa. BOLILLA 8 LA CONSTITUCION DE 1844 1- EL PARAGUAY A LA MUERTE DEL DR. FRANCIA: Fin del Gobierno de Francia: con su muerte, acaecida el 20 de septiembre de 1840, termino el periodo de la dictadura de Francia. Bajaba a la tumba un hombre cuya conducta despertó distintas reacciones al darse a conocer su desaparición. Mientras unos lloraban su muerte, otros la festejaban alborozados. Gobernó con mano férrea y gran honestidad.” su mano era implacable. No tenía compasión. Se solazaba en el castigo. No admitía excusas ni reconocía privilegios. Ricos y pobres, militares o civiles, eran medidos con un mismo rasero. Así fue este hombre excepcional que gobernó al Paraguay, prácticamente, desde su independencia hasta 1840. Sus restos fueron depositados en la antigua iglesia de la Encarnación, erigidos donde se encontraba en Estadio Comuneros; de allí, en 1870, Carlos Loizaga y otros enemigos violaron su tumba y arrojaron sus restos al rio Paraguay. 2- LA FIGURA DE CARLOS ANTONIO LOPEZ El mismo día de la muerte del Doctor Francia, asumió el mando una Junta de comandantes de los cuatro cuarteles de la capital, bajo la presidencia del alcalde del cabildo, Manuel Antonio Ortiz. Como primera medida se decidió convocar un Congreso, para un golpe de estado dirigido por un cabo de ejercito se derrocó a la Junta, y asumió un Triunvirato, formado por Juan Jose Medina, Jose Gabriel Benitez y Jose Domingo Campos, que convocó al Congreso. Estos fueron a su vez derrocados el 19 de febrero por un segundo golpe de estado y el jefe de este golpe era el coronel Mariano Roque Alonso, quien asumió el gobierno con el título de Comandante General de Armas. Ejercia como secretario el doctor Carlos Antonio López, sobrino del dictador Francia. 3- EL CONGRESO DE 1841 RESTABLECE EL CONSULADO. 5to Congreso Nacional El vacío de poder que se produjo con la muerte del Dr. Francia, un sinnúmero de derrocamientos militares se siguieron en el poder hasta la asunción en el Gobierno de Mariano Roque Alonso, comandante del cuartel de San Francisco, quien tenía la obligación precisa de inaugurar el Congreso el 12 de marzo de 1841. Los militares solo dominaban aparentemente la situación. Cuya principal resolución fue el establecimiento de Segundo Gobierno Consular, por tres años. Fueron designados para desempeñar el cargo don Carlos Antonio López y don Mariano Roque Alonso. 4- EL ESTATUTO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA Para la gran lucha que todos adivinaban, el Paraguay tenía puesta su confianza en Carlos Antonio López. El peso de la administración durante los tres años del Consulado había recaído íntegramente sobre sus hombros. Su prestigio en la opinión pública y el Ejército estaba sólidamente asentado. El Comandante Marino Roque Alonso, su fiel y abnegado compañero de gobierno, se preparaba para volver a la Oscuridad para dejar en la escena al ascendiente Carlos Antonio López. 5- EL CONGRESO EXTRAORDINARIO DE 1842. RATIFICACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL El 25 de noviembre de 1842 se reunió el Congreso extraordinario convocado por los cónsules, que ratificó solemnemente la declaración de independencia. Al respecto el acta establecía “la república del Paraguay es para siempre de hecho y de derecho una nación libre e independencia de todo poder extraño” esta decisión fue comunicada a los principales países. En el mismo congreso se ratificaron los símbolos nacionales que ya existían desde la independencia. Recién de la caída de Rosas, concretamente el 17 de julio de 1852, las nuevas autoridades argentinas reconocieron la independencia del Paraguay y seguidamente lo hicieron Francia e Inglaterra. Estados Unidos de Norte América y Cerdeña lo hicieron al año siguiente. Este reconocimiento también significaba la libre navegación de embarcaciones paraguayas por el río Paraná. 6- LA OBRA DEL CONSULADO PRESTIGIA A LOPEZ: Estableció oficialmente los primeros símbolos nacionales: bandera y escudo, vigentes; y ratifico una decisión de los Cónsules, de enorme contenido social y humanista; la libertad de vientres. A partir del día del año 1843, ya no nacieron esclavos en la República, aun cuando sus padres seguían siéndolo. Libertad de los presos políticos, anulación de las restricciones para entrar o salir del país, habilitación del puerto de Pilar para el Comercio fluvial, creación de la Academia Literaria, única institución educativa superior por muchos años. 7- EL CONGRESO DE 1844 SANCIONA LA “LEY QUE ESTABLECE LA ADMINISTRACION POLITICA DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY”, LLAMADA CONSTITUCION DE 1844. 1ra Constitución Nacional El 13 de MARZO de 1844 se reunió un nuevo congreso, que tuvo a su cargo la promulgación de una Constitución, que establecía un ordenamiento de los poderes del Estado en ejecutivo, Legislativo y Judicial, pero dando una mayor fuerza al Ejecutivo. Se estableció también un Consejo de Estado. Algunos asambleístas abogaron por una Constitución al estilo liberal, pero no encontraron eco y quedo sancionada la “Ley que establece la Administración Política de la Republica del Paraguay”. Este congreso decidió el nombramiento de don Carlos Antonio López como Presidente de la Republica por un periodo de 10 años; el Congreso se disolvió después de recomendar y autorizar al Gobierno a enviar a seis jóvenes a Europa a adquirir conocimientos en ciencias, artes y leyes, para luego volver a ejercer la docencia en el país. Pese a establecerse una división de poderes, la Constitución de 1844 era extremadamente “presidencialista”. 8- LA ORGANIZACIÓN DE PODERES: El Poder Ejecutivo: Estaba ejercido por un Presidente, es decir era unipersonal: NO existía el cargo de vicepresidente. Duraba 10 años en sus funciones desde el día de su elección. Requisitos: (modificado por la reforma de 1856) a) Paraguayo Natural del fuero común (no debía pertenecer al fuero eclesiástico ni militar), b) 45 años de edad, c) capacidad, honradez y patriotismo, d) buena conducta moral, e) capital propio de ocho mil pesos. Era electo por el Congreso o Legislatura Nacional. Atribuciones: a) La administración general de la Republica. b) Ejecución de las leyes. c) Convocar al Congreso Nacional. d) Jefe de las Fuerzas militares. e) Firmar tratados de paz o de alianza. f) Ejercer el patronato general de las iglesias (este patronato término con la constitución de 1967) y celebrar concordatos con la Santa Sede. g) Juez privativo en causas reservadas por el Estatuto de la Administración de Justicia de 1842 (traición, conmoción y atentado contra el orden de la Republica) h) Indultar o conmutar la pena capital, conceder amnistías dando cuenta al Congreso. i) Facultad extraordinarias en casos de invasión o conmoción interior. En caso de acefalia por enfermedad, ausencia o muerte del Presidente asumía el mando, en calidad de Vice Presidente, el Juez Superior de Apelaciones. EL CONGRESO O LEGISLATURA NACIONAL El Poder Legislativo: (modificado por la Reforma de 1856): compuesto de 200 integrantes electos popularmente en comicios libres de ciudadanos naturales. Era unicameral. Debía ser convocado por el Presidente de la Republica cada 5 años en los casos ordinarios. Requisitos: ciudadano naturales y poseer las mejores capacidades y patriotismo, 23 años para los solteros y sin limitación de edad para los casados. Atribuciones: a) Formular las leyes y ordenanzas. b) Elegir al Pte. de la Republica, recibirle juramento y ponerlo en posesión del mando. c) Declarar la guerra, oídos los motivos del Pte. De la Republica y recomendarle la negociación de paz. d) Fijar los gastos generales y recibir cuentas de inversión de los fondos Públicos. e) Establecer Tribunales de Justicia y reglar la forma de los juicios. f) Reglar el comercio interior y exterior. g) Demarcar el territorio de la República. h) Ratificar los tratados que hiciere el Pte. De la República. LOS MINISTROS SECRETARIOS: Si lo creía conveniente el Presidente podía nombrar Ministros secretarios de Estado. EL CONSEJO DE ESTADO: a) Era un organismo asesor del Presidente de la Republica. b) Sólo podía reunirse a incitación del titular del Ejecutivo. c) Composición: EL prelado Diocesano, dos jueces de la magistratura, tres ciudadanos de capacidad y los ex presidentes de la Republica. La Reforma Constitucional de 1856 En 1856 se reunió un Congreso Extraordinario compuesto por 100 diputados para reformar los puntos relativos a la sucesión presidencial, el número de diputados y el régimen electoral, según indicaciones del Presidente López. Tuvo por causa principal abrir el camino para la sucesión en el poder del General Francisco Solano López, que en 1857 iba a cumplir 30 años. a) Se otorgó al Presidente la facultad de designar por pliego reservado la persona que había de sucederle provisionalmente en el cargo en caso de muerte, ausencia o renuncia hasta la reunión del Congreso. b) Se resolvió que para ejercer la Primera Magistratura bastaba haber cumplido 30 años y ser de cualquiera de los fueros, civil o militar. c) También quedó reducido a 100 el número de diputados y se estableció que electores y elegidos (es decir diputados), debían ser “ciudadanos propietarios, probos, de buena fama, conocido patriotismo, en goce de todos los derechos civiles y con capacidad regular” De esta forma queda suprimido el sufragio universal hasta entonces vigente. CRITICA DE JUAN BAUTISTA ALBERDI: La más importante proviene del jurista Juan Bautista Alberdi, quien sostuvo: “la Constitución del Paraguay es la constitución de la dictadura o presidencia omnipotente y es un contrasentido constitucional, ella es la misma que antes existía, disfrazada con una máscara de Constitución, que oculta la dictadura latente”. “Excluye todas las libertades. La Constitución tiene especial cuidado en no nombrar una sola vez, en todo su texto, la palabra libertad, sin embargo. Titularse Ley de la Republica. Es la primera vez que se ve una Constitución sin una sola libertad”. Don Carlos Antonio López (1844 - 1862) Primer Presidente de la República. 10- LA CONFIRMACIÓN DE 1849 Asunción, junio 13 de 1849, año 40 de la Libertad, 39 del reconocimiento explícito de la Independencia por el Gobierno de Buenos Aires, y 37 de la Independencia nacional. CARLOS ANTONIO LOPEZ ES DESIGNADO PRESIDENTE: EL CONGRESO DE 1854 REELIGE AL PRESIDENTE LOPEZ Cumplido el primer período, fue reelecto, en 1854, pero, sólo gobernó tres años, al cabo de los cuales, ES REELEGIDO en 1857, fue elegido por un período más de diez años, que no pudo cumplir, por sobrevenir s muerte el 10 de setiembre de 1862. Múltiples fueron las obras de gobierno de este estadista, que se preocupó de la vida del país en todos sus aspectos. Su preocupación por instrucción del pueblo lo llevó a crear escuelas primarias y declarar obligatoria la enseñanza primaria. Se abrieron varias escuelas de arte y oficios. Las relaciones con los países vecinos fueron objeto de especial atención por parte de Don Carlos, ya que ellas se presentaban algo difíciles, especialmente con la Argentina y el Brasil. Como consecuencia de ello, se preocupó por vigorizar y modernizar el ejército. Pero no sólo interesaban a López las relaciones con los países vecinos, sino también con los europeos, y es así como envió a su hijo Francisco Solano, con la primera misión diplomática a europea. 11- MUERTE DE CARLOS ANTONIO LOPEZ Y ASUNCION DEL GENERAL FRANCISCO SOLANO LOPEZ Luego de 20 años de gobierno patriarcal y fructífero, tanto en lo económico, como en lo político, social y cultural, y dejando a un Paraguay en pleno desarrollo, falleció Don Carlos Antonio López el 10 de setiembre de 1862. Había dejado, por escrito, su decisión de que Francisco Solano López le sucediese como presidente provisional, hasta que se reuniese un Congreso que debía elegir el nuevo presidente constitucional. General Francisco Solano López (1862 - 1870) CONGRESO DEL 16 DE OCTUBRE DE 1862. El congreso reunido en la fecha eligió Presidente Constitucional al general Francisco Solano López. Y entonces habría de iniciarse una de las etapas más difíciles en la vida del país, la que desembocaría, posteriormente en la guerra de 1864/1870 Guerra de la Triple Alianza. ASUNCION DEL GENERAL FRANCISCO SOLANO LOPEZ: a la muerte de su padre, asumió la Presidencia de la Republica Francisco Solano López, que ya de tiempo atrás venía colaborando con Don Carlos A. López en el gobierno del país. El Congreso del 16 de octubre lo confirmó en el cargo. Continuo con la obra de gobierno de su predecesor, así apoyó el desarrollo de la agricultura, creó nuevas escuelas, construyó caminos. Envió, como ya anteriormente se había hecho, un grupo de treinta y seis becados a Europa en mayo de 1863. En 1864, el Paraguay, según lo afirma J. Natalicio González, era el único país americano que no tenía deuda pública, ni interna ni externa. |