Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I






descargar 1.31 Mb.
títuloAccesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I
página1/35
fecha de publicación18.06.2015
tamaño1.31 Mb.
tipoDocumentos
e.exam-10.com > Derecho > Documentos
  1   2   3   4   5   6   7   8   9   ...   35




PARLAMENTO EUROPEO

2013- 2014


TEXTOS APROBADOS
PARTE III
en la sesión del
miércoles

26 de febrero de 2014



P7_TA-PROV(2014)02-26 EDICIÓN PROVISIONAL PE 526.539

ÍNDICE

textos aprobados por el pARLAMENTO


P7_TA-PROV(2014)0157

Redes transeuropeas de telecomunicaciones ***I

(A7-0272/2013 - Ponente: Evžen Tošenovský)

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a unas orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones y por el que se deroga la Decisión nº 1336/97/CE (COM(2013)0329 – C7-0149/2013 – 2011/0299(COD)) 1

P7_TA-PROV(2014)0158

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público ***I

(A7-0460/2013 - Ponente: Jorgo Chatzimarkakis)

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público (COM(2012)0721 – C7-0394/2012 – 2012/0340(COD)) 48

P7_TA-PROV(2013)0159

Normativa común de compraventa europea ***I

(A7-0301/2013 - Ponentes: Klaus-Heiner Lehne, Luigi Berlinguer)

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a una normativa común de compraventa europea (COM(2011)0635 – C7-0329/2011 – 2011/0284(COD)) 86

P7_TA-PROV(2014)0160

Fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados ***I

(A7-0276/2013 - Ponente: Linda McAvan)

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados (COM(2012)0788 – C7-0420/2012 – 2012/0366(COD)) 199

P7_TA-PROV(2014)0161

Financiación a largo plazo de la economía europea

(A7-0065/2014 - Ponente: Wolf Klinz)

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la financiación a largo plazo de la economía europea (2013/2175(INI)) 308

P7_TA-PROV(2014)0162

Explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género

(A7-0071/2014 - Ponente: Mary Honeyball)

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre explotación sexual y prostitución y su impacto en la igualdad de género (2013/2103(INI)) 318

P7_TA-PROV(2014)0163

Fomento del desarrollo a través de prácticas empresariales responsables

(A7-0132/2014 - Ponente: Judith Sargentini)

Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre el fomento del desarrollo a través de prácticas empresariales responsables, incluido el papel de las industrias extractivas en los países en desarrollo (2013/2126(INI)) 329

P7_TA-PROV(2014)0157

Redes transeuropeas de telecomunicaciones ***I



Comisión de Industria, Investigación y Energía

PE487.697

Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 26 de febrero de 2014, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a unas orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones y por el que se deroga la Decisión nº 1336/97/CE (COM(2013)0329 – C7-0149/2013 – 2011/0299(COD))
(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

– Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo y la propuesta modificada (COM(2013)0329),

– Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 172 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C7-0149/2013),

– Vistos el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

– Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo, de 22 de febrero de 20121,

– Vista la opinión del Comité de las Regiones de 4 de mayo de 20122,

– Visto el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 15 de noviembre de 2013, de aprobar la posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

– Visto el artículo 55 de su Reglamento,

– Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, de la Comisión de Desarrollo Regional y de la Comisión de Cultura y Educación (A7-0272/2013),

1. Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;

2. Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente su propuesta o sustituirla por otro texto;

3. Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.

P7_TC1-COD(2011)0299

Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 26 de febrero de 2014 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) n° …/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a unas orientaciones para las redes transeuropeas en el sector de las infraestructuras de telecomunicaciones y por el que se deroga la Decisión n.º 1336/97/CE

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 172,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo1,

Visto el dictamen del Comité de las Regiones2,

De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario3,

Considerando lo siguiente:

(1) Las redes y servicios de telecomunicaciones son infraestructuras que se apoyan cada día más en internet, encontrándose las redes de banda ancha y los servicios digitales estrechamente interrelacionados. Internet se está convirtiendo en la plataforma dominante para la comunicación, los servicios, la educación, la participación en la vida social y política, el contenido cultural y la actividad empresarial. Por ello, la disponibilidad transeuropea de un acceso a internet que sea generalizado, de alta velocidad y seguro, así como de servicios digitales de interés público resulta esencial para el crecimiento social y económico, la competitividad, la inclusión social y el mercado interior.

(2) El 17 de junio de 2010 el Consejo Europeo aprobó la Comunicación de la Comisión de 26 de agosto de 2010, titulada la Agenda Digital para Europa, cuya finalidad es trazar el rumbo que permita maximizar el potencial económico y social de las tecnologías de la información y la comunicación. Su objetivo es estimular la oferta y la demanda de infraestructuras de internet de alta velocidad y servicios digitales competitivos basados en internet, con miras a avanzar hacia un verdadero mercado único digital, esencial para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

(3) El Reglamento (UE) n.º 1316/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo1 determina las condiciones, métodos y procedimientos para proporcionar asistencia financiera de la Unión en el sector de las infraestructuras de transporte, telecomunicaciones y energía. Dado que existen retos y oportunidades similares en los sectores cubiertos por el Mecanismo "Conectar Europa" (MCE), existe un amplio margen para explotar las sinergias, en particular combinando la financiación del MCE con otras fuentes de financiación.

(4) Existe ya un gran número de servicios digitales transfronterizos que efectúan intercambios entre las administraciones públicas europeas en apoyo de las políticas de la Unión. Al aportar soluciones nuevas, es importante aprovechar las ya existentes en el contexto de otras iniciativas europeas, evitar la duplicación de los trabajos y garantizar la coordinación y armonización de los enfoques y soluciones utilizados en distintas iniciativas y políticas, como por ejemplo el programa ISA, el programa establecido por la Decisión nº 922/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo2, el programa Fiscalis establecido por el Reglamento (UE) nº 1286/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo3 y Horizonte 2020 establecido por el Reglamento (UE) nº 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo4. Del mismo modo, es importante que las soluciones se ajusten a las normas internacionales o europeas acordadas, o a las especificaciones abiertas para la interoperabilidad, particularmente las definidas por la Comisión de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo5, y demás especificaciones y orientaciones pertinentes, tales como el marco europeo de interoperabilidad (MEI) para los servicios públicos europeos.

(5) Las normas técnicas europeas propiciarán el desarrollo de redes de banda ancha de alta velocidad. Para que la Unión desempeñe un papel central en la industria de las telecomunicaciones son necesarios programas de la Unión en materia de investigación y desarrollo y un seguimiento más importante de los procedimientos de normalización.

(6) Proyectos piloto a gran escala entre los Estados miembros y cofinanciados por el Programa de Innovación y Competitividad1, como PEPPOL, STORK, epSOS, eCODEX o SPOC, han validado servicios digitales transfronterizos clave en el mercado interior, sobre la base de unos componentes elementales comunes, que se están consolidando gracias al proyecto eSENS. Esos proyectos piloto han alcanzado ya, o alcanzarán en un futuro próximo, el nivel de madurez necesario para el despliegue. Los proyectos de interés común existentes ya han demostrado el claro valor añadido que tiene la actuación a nivel europeo, por ejemplo en los ámbitos del patrimonio cultural (Europeana), la protección de la infancia (Internet más segura) y la seguridad social (EESSI), habiéndose propuesto otros, como en el ámbito de la protección del consumidor (ODR).

(7) Por lo que se refiere a las infraestructuras de servicios digitales, los componentes elementales deben tener prioridad frente a otras infraestructuras de servicios digitales, ya que los primeros son condición previa para las segundas. Las infraestructuras de servicios digitales deben, entre otras cosas, crear valor añadido europeo y satisfacer necesidades acreditadas. Deben estar suficientemente maduras para su despliegue, tanto técnica como operativamente, habiéndose demostrado este extremo en particular a través de proyectos piloto. Deben basarse en un plan de sostenibilidad concreto para garantizar la explotación a medio o largo plazo de las plataformas centrales de servicios con posterioridad al MCE. Por lo tanto, la asistencia financiera amparada en el presente Reglamento se debe ir eliminando progresivamente en la medida de lo posible, al tiempo que, en su caso, se movilizan fondos procedentes de fuentes distintas del MCE.

(8) Es importante financiar las infraestructuras de servicios digitales que sean necesarias para el cumplimiento de obligaciones jurídicas de conformidad con el Derecho de la Unión o que desarrollen o aporten componentes elementales, con un impacto potencialmente elevado sobre el desarrollo de servicios públicos paneuropeos, con miras a prestar apoyo a múltiples infraestructuras de servicios digitales y, con el tiempo, desarrollar gradualmente un ecosistema europeo de interoperabilidad. En este contexto, por obligaciones jurídicas se entienden las disposiciones específicas que exijan el desarrollo o el uso de infraestructuras de servicios digitales, o que exijan resultados que solo pueden lograrse a través de infraestructuras europeas de servicios digitales.

(9) En tanto que infraestructuras de servicios digitales bien establecidas, Europeana y "Una internet más segura para los niños" deben tener prioridad en la financiación. En particular, durante los primeros años del marco financiero plurianual para el período 2014-2020, establecido en el Reglamento (UE, Euratom) n° 1311/2013 del Consejo2, ha de garantizarse la continuidad de la financiación de la Unión procedente de otros programas de la Unión destinada al MCE , a fin de permitir la prestación ininterrumpida y eficaz del servicio al mismo nivel que el previsto con arreglo al mecanismo de financiación actual. El 10 de mayo de 2012, el Consejo destacó la importancia crucial de garantizar la viabilidad a largo plazo de Europeana, también en términos de gobernanza y financiación3.

(10) Se debe garantizar un entorno en línea seguro, integrador y positivo para los niños y los jóvenes. Ha de garantizarse el funcionamiento del Programa "Una internet más segura" después de 2014, como medida crucial para la protección y la promoción de los derechos del niño en el entorno en línea. Al aplicarse el presente Reglamento debe darse apoyo financiero, tanto a escala de la Unión como de los Estados miembros, a la aplicación de la Estrategia europea en favor de una Internet más adecuada para los niños, sobre todo en lo que se refiere a los Centros para una Internet más segura de los Estados miembros. Las actividades de estos centros, que incluyen nodos de sensibilización y actividades de concienciación, centros de ayuda para los niños, los padres y los cuidadores sobre las mejores formas de que los niños utilicen internet, así como líneas directas para informar de los contenidos sobre abusos sexuales a menores en internet, son un elemento clave y un requisito previo para el éxito de esa estrategia.

(11) En un futuro acto de la Unión, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, se determinarán detalladamente los requisitos y las condiciones para el reconocimiento mutuo de los factores clave, a los que aquí se hace referencia como componentes elementales de las infraestructuras de servicios digitales. Dicho acto incluirá varios de los componentes elementales más importantes, por ejemplo, la identificación y la firma electrónicas, como parte de los proyectos de interés común que contempla el anexo del presente Reglamento.

(12) Las infraestructuras de servicios digitales establecidas de conformidad con la Decisión 922/2009/CE , facilitarán la interacción electrónica transfronteriza e intersectorial entre las administraciones públicas europeas. Esto, a su vez, permitirá la prestación de servicios esenciales, por ejemplo en ámbitos como la identificación
  1   2   3   4   5   6   7   8   9   ...   35

Añadir el documento a tu blog o sitio web

similar:

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconEn esta actividad cada pareja de alumnos visitará uno de los sitios...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconEn esta actividad cada pareja de alumnos visitará uno de los sitios...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconAcuerdo por el que se establecen las reglas para la aplicación de...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconLey de administracion financiera, de los bienes y sistemas de control del sector publico

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I icon¿Cales dos 10 sitios web máis visitados de España pertencen a medios...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconCales dos 10 sitios web máis visitados de España pertencen a medios...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconLos agentes económicos es decir, las familias, las empresas y el...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconUn wiki, o una wiki, es un sitio web cuyas páginas web pueden ser...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconPor el cual se establecen las funciones y los requisitos generales...

Accesibilidad de los sitios web de los organismos del sector público I iconFactores primordiales que inciden para que los alumnos de la escuela...




Economía


© 2015
contactos
e.exam-10.com