ACUERDO mediante el cual se da a conocer el Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 51 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracción X de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que el 28 de diciembre de 1980 fue aprobado por el Senado de la República el Tratado de Montevideo 1980, cuyo Decreto de promulgación se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 1981, con objeto de dar continuidad al proceso de integración latinoamericano y establecer a largo plazo, en forma gradual y progresiva, un mercado común, para lo cual se instituyó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI);
Que en el marco del Tratado de Montevideo 1980, los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Cuba suscribieron el 16 de octubre de 2000 el Acuerdo de Complementación Económica No. 51;
Que el 16 de julio de 2001, los gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y de la República de Cuba suscribieron el Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 51, y
Que es necesario informar a los operadores económicos sobre el resultado de las negociaciones entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba mediante la publicación del texto íntegro del referido Protocolo Adicional, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO
ARTICULO UNICO.- Se da a conocer el Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 51 suscrito entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de la República de Cuba.
ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA No. 51 CELEBRADO ENTRE LA REPUBLICA DE CUBA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Primer Protocolo Adicional
Los Plenipotenciarios de la República de Cuba y de los Estados Unidos Mexicanos, acreditados por sus respectivos Gobiernos según poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente ante la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI),
CONVIENEN:
Artículo 1o.- Ajustar la observación de la preferencia otorgada por México a Cuba en el Anexo I A del Acuerdo de Complementación Económica No. 51, para la importación del producto denominado “ron y demás aguardientes de caña”, NALADISA 2208.40.00, en la forma que se indica en anexo.
Artículo 2o.- El presente Protocolo se aplicará a partir de la fecha en que los países signatarios comuniquen a la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración que lo han incorporado a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos y tendrá vigencia hasta el 27 de mayo de dos mil dos.
La Secretaría General de la ALADI será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.
EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo, a los dieciséis días del mes de julio de dos mil uno, en un original en idioma español.
ANEXO
ANEXO I A. PREFERENCIAS ARANCELARIAS OTORGADAS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA EL MERCADO INTERNO
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| PREFERENCIA
| FRACCION
| DESCRIPCION
| OBSERVACIONES
| ARANCELARIA
| NALADISA 96
| MEXICANA
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| PORCENTUAL
| (1)
| (2)
| (3)
| (4)
| (5)
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2208.40.00
| 2208.40.01
| Ron y demás aguardientes de caña
| Extracto de ron concentrado a granel Cupo anual: 3,250 HL
| 75
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| 2208.40.01
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| Ron embotellado Cupo anual: 1,350,000 litros
| 75
| TRANSITORIO
UNICO.- La aplicación del Primer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación No. 51 suscrito entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de la República de Cuba, se realizará de conformidad con el correspondiente Decreto que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
México, D.F., a 3 de septiembre de 2001.- El Secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica. |