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![]() Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este Régimen es el que más le acomoda y es ideal para negocios como bodegas, farmacias, panaderías, peluquerías, restaurantes ,un pequeño taller de producción etc. También el régimen comprende a las actividades de diversos oficios que realizan las personas que no son profesionales, como por ejemplo las actividades de un sastre,electricista,cerrajero etc. 1. DESCRIPCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO: Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este Régimen Tributario es el que más le acomoda y es ideal para negocios como bodegas, farmacias, panaderías, peluquerías, restaurantes, un pequeño taller de confecciones etc. También el régimen comprende a las actividades de diversos oficios que realizan las personas no profesionales, como las actividades de un sastre ,un cerrajero,carpintero,electricista etc. Por lo tanto es un régimen dirigido a las personas naturales que realizan actividades empresariales o de oficios. 2. REQUISITOS PARA ACOGERSE A ESTE RÉGIMEN: La incorporación a este Régimen se puede realizar en cualquier mes del año, pero tenga en cuenta los siguientes requisitos:
El valor de sus activos fijos (maquinarias, muebles, instalaciones, etc.) no deben superar los S/ 70,000 sin considerar inmuebles ni vehículos. 3.-INSCRIPCIÓN AL RUC Las personas que se acojan a este régimen deben inscribirse en el Registro Unico de Contribuyentes-RUC. La SUNAT le otorga a cada persona obligada ,un número de identificación tributaria compuesto por 11 digitos el cual es de carácter permanente y de uso obligatorio en cualquier documento que presente o actuación que realice ante la SUNAT. Hay dos modalidades para obtener el RUC: presencial y por la Internet a tráves de SUNAT virtual. De manera presencial en la Intendencia, Oficina Zonal o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT que corresponda al domicilio del titular del RUC. Para este efecto deben presentar el original y copia de su DNI vigente y por lo general alguno de los recibos de luz, agua, telefonía fija o TV por cable , cuya fecha de vencimiento se encuentre comprendida en los últimos 2 meses , y que sustente el domicilio fiscal que va a declarar en el RUC. El trámite es personal en ambos casos, no obstante en caso lo realice un tercero deberá acreditarse ante la SUNAT con su documento de identidad vigente , y una carta poder con firma legalizada , en la que conste expresamente la autorización otorgada por el titular. Asimismo en la modalidad presencial el tercero autorizado debe presentar el formulario 2119 de" Solicitud de inscripción o comunicacion de afectación de tributos, " debidamente llenado y firmado por el titular sin enmendaduras ni borrones. ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/ruc/inscripcionRUC/inscripcionPnScSi.htm A tráves de Internet En este caso a través de SUNAT Virtual , sólo se debe ingresar la información correspondiente solicitada por el sistema e imprimir la constancia de la información registrada, para luego acercarse a la SUNAT junto con dicha constancia a completar el trámite de inscripción ,exhibiendo el original y copia de su documento de identidad vigente y el original y copia del documento que corresponda al domicilio fiscal declarado inicialmente desde la Internet . En caso el trámite lo complete una tercera persona esta deberá acreditarse ante la SUNAT con su documento de identidad vigente , y una carta poder con firma legalizada , en la que conste expresamente la autorización otorgada por el titular. ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/ruc/inscripcionRUC/porInternet/index.html 4.-AUTORIZACIÓN Y TIPO DE COMPROBANTES DE PAGO QUE EMITEN AL EFECTUAR LAS VENTAS: La solicitud de autorización para impresión de comprobantes de pago se debe efectuar a través de las imprentas autorizadas conectadas al sistema SOL (SUNAT Operaciones en Línea), llenando el formulario N° 816" Autorización de impresión a tráves de de SUNAT Operaciones en Linea " ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/formularios/formularioCp.htm En este régimen sólo se pueden emitir boletas de venta y / o tickets emitidos por máquinas registradoras . En caso requiera trasladar sus bienes de un lugar a otro deberá emitir guia de remisión de remitente. En caso emita tickets emitidos por máquinas registradoras, se debe registrar la máquina con el formulario Nº 809 de " Máquinas Registradoras" en los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT. Está prohibido en este régimen la emisión de facturas. ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/formularios/formularioCp.htm Es importante tener en cuenta que por las ventas menores a S/ 5.00 la obligación de entregar el comprobante de pago es facultad del emisor- es decir de quien efectúa la venta,- pero si el cliente lo exige debe entregarse el comprobante . Por las ventas menores a S/ 5.00 por las que no se emita el comprobante de pago ,se emitirá diariamente una sola boleta que acumule estas ventas, conservando el original y la copia para control de la SUNAT. 5.- CATEGORÍAS Y CUOTA MENSUAL: En el Nuevo RUS existen 5 categorías para pagar la cuota mensual. Para ubicarse en determinada categoría , hay que tener en cuenta el límite de ingresos brutos y adquisiciones de acuerdo al siguiente cuadro : Categoría Ingresos Compras Mensuales Mensuales Cuota Mensual 1 S/ 5,000 S/ 5,000 S/ 20 2 8,000 8,000 50 3 13,000 13,000 200 4 20,000 20,000 400 5 30,000 30,000 600 6. -CAMBIO DE CATEGORÍA: Si en un determinado mes se superan o disminuyen los limites de los ingresos y/o compras señalados para cada categoría, el contribuyente deberá cambiar a la nueva categoría que le corresponda y con ello la cuota del mes en que se produjo el cambio, será mayor o menor dependiendo de la categoría en que se ubique. La SUNAT fiscaliza la correcta ubicación de cada contribuyente por categorías y además si los ingresos anuales que declara, son los que corresponden para permanecer en este régimen tributario. 7.-VENCIMIENTO, FORMAS Y LUGAR DE PAGO DE LA CUOTA MENSUAL:
El pago se realiza sin formulario impreso, y existen dos opciones :
El pago se puede realizar en cualquier agencia o sucursal de los Bancos de la Nación, de Crédito, Continental, Scotiabank e Interbank. ENLACE RECOMENDADO (GUIA PAGO FÁCIL DEL NUEVO RUS): http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rus/guiaPagoFacil/Guia1611.pdf La otra alternativa de pago es a través de la Internet mediante la Declaracion Simplificada , que se realiza utilizando el formulario virtual N° 1611 vigente a partir del período tributario mayo de 2009. Para efectuar esta declaración el contribuyente ingresa a SUNAT operaciones en linea (www.sunat.gob.pe) con su clave SOL( código de usuario y clave de acceso al sistema) ubica el Formulario Virtual N° 1611 y llena la información que le pide el formulario. Para cancelar la cuota del Nuevo RUS tiene en este caso dos modalidades:
9. OTRAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS CONTRIBUYENTES DEL NUEVO RUS: En caso tenga trabajadores dependientes deberá pagar y retener según el caso , los siguientes tributos mensualmente:
Los tres conceptos indicados se declaran y pagan a través del PDT-0601 Planilla Electrónica. 10. OTRAS INFORMACIONES TRIBUTARIAS: RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV. En caso venda productos, bienes o mercancías tales como: Gas Licuado, Harina de Trigo, cervezas , Agua Mineral, Agua Natural o Gaseosas, bienes vendidos a través de catálogo, pinturas, barnices, mayólicas, lavaderos, inodoros, jugos de hortalizas y frutos, discos ópticos etc., estará sujeto al Régimen de percepciones del IGV al momento de efectuar sus compras. Este mecanismo establecido por la SUNAT permite que su proveedor al momento de venderle estos productos que se han descrito, le agregue un 2 % al total del precio de venta. Este importe puede aplicarlo como compensación en el pago mensual de su cuota del Nuevo RUS que corresponda al mes en que le efectuaron la percepción, utilizándolo hasta agotar su importe o en caso contrario solicitar a la SUNAT la devolución de este importe . ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rus/compensacion.html 11. ACTIVIDADES NO COMPRENDIDAS No pueden acogerse al Nuevo RUS , las personas naturales que realizan las siguientes actividades: a) Servicio de transporte de carga de mercancías siempre que sus vehículos tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas). b) Servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros. c) Los que efectúen y/o tramiten cualquier Régimen, operación o destino aduanero con excepción de los siguientes contribuyentes:
d)Los que organicen cualquier tipo de espectáculo público. e)Los Notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros. f) Los Titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar. g) Los Titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad. h) Los que realicen Venta de inmuebles. i) Los que desarrollen Actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos. j )Quienes entreguen bienes en consignación. k) Servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento. l) Los que realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo. m) Los que realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado. 1. OPCIONES PARA REALIZAR LA DECLARACIÓN Y PAGO DE LA CUOTA MENSUAL DEL NUEVO RUS (Versión detallada) La declaración y Pago de la cuota mensual del NUEVO RUS se realiza a través del Sistema PAGO FÁCIL ante la ventanilla de un banco autorizado o por Internet a través de SUNAT virtual utilizando el formulario virtual N° 1611 ; esta segunda modalidad es opcional. En el primer caso - de pago por sistema PAGO FÁCIL ,se debe proporcionar al personal de ventanilla del Banco elegido , en forma verbal o a través de la Guía -pago para el Nuevo RUS( pídala en cualquier banco) los datos que a continuación se detallan:
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