Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este






descargar 131.96 Kb.
títuloSi usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este
página1/4
fecha de publicación15.10.2016
tamaño131.96 Kb.
tipoDocumentos
e.exam-10.com > Finanzas > Documentos
  1   2   3   4




Si usted  ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este Régimen es el que más le acomoda y es ideal para negocios como  bodegas, farmacias, panaderías, peluquerías, restaurantes  ,un pequeño taller de producción etc.
También el régimen comprende a las actividades de diversos oficios que realizan las personas que no son profesionales, como por ejemplo las actividades de un sastre,electricista,cerrajero etc.

1. DESCRIPCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO:

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este Régimen  Tributario es el que más le acomoda y es ideal para negocios como bodegas, farmacias, panaderías, peluquerías, restaurantes, un pequeño  taller de confecciones  etc.

También el régimen comprende  a las actividades  de diversos oficios que realizan las personas no profesionales, como las  actividades de un sastre ,un cerrajero,carpintero,electricista etc.

Por lo tanto es un régimen dirigido a  las personas naturales que realizan actividades empresariales o de oficios.

 2. REQUISITOS PARA ACOGERSE A ESTE RÉGIMEN:

La incorporación a este Régimen se puede realizar en cualquier mes del año, pero tenga en cuenta los siguientes requisitos:

  • El monto de sus ventas  no debe superar en cada  año los S/ 360,000, ni tampoco superar él limite mensual de S/ .30,000 .

  • Las actividades deben realizarse en un solo local o sede productiva.

  • El monto de sus adquisiciones  durante cada año no deben superar los S/ 360,000, ni tampoco superar el límite mensual de S/ 30,000 .

El valor de sus activos fijos (maquinarias, muebles, instalaciones, etc.) no deben superar los S/ 70,000 sin considerar inmuebles ni vehículos.


3.-INSCRIPCIÓN AL RUC

Las personas que se acojan a este régimen deben inscribirse en el Registro Unico de Contribuyentes-RUC.

La SUNAT le otorga a cada persona obligada  ,un número de identificación tributaria compuesto por 11 digitos el cual es de carácter permanente y  de uso obligatorio en cualquier documento que presente o actuación que realice ante la SUNAT.

Hay dos modalidades para obtener el RUC: presencial y por la  Internet a tráves de SUNAT virtual.

De   manera presencial en la   Intendencia, Oficina Zonal o Centro de Servicios  al Contribuyente  de la SUNAT  que corresponda al domicilio del titular del RUC.

Para este efecto deben presentar  el original y copia de su DNI vigente  y  por lo general  alguno de los  recibos de luz, agua, telefonía fija o TV por cable , cuya fecha de vencimiento  se encuentre comprendida en los últimos 2 meses ,  y que sustente el domicilio fiscal que va a declarar en el RUC.

El trámite es personal en ambos  casos, no obstante en caso lo realice un tercero   deberá acreditarse ante la SUNAT  con su  documento de identidad vigente  , y una carta poder con firma legalizada , en la que conste expresamente la autorización otorgada por el titular.

Asimismo en  la modalidad presencial  el tercero autorizado debe presentar el formulario 2119 de" Solicitud de inscripción  o comunicacion de afectación de tributos, " debidamente llenado  y firmado por el titular sin enmendaduras ni  borrones.

ENLACE RECOMENDADO:

http://www.sunat.gob.pe/orientacion/ruc/inscripcionRUC/inscripcionPnScSi.htm

A tráves de Internet

En este caso  a través de SUNAT Virtual , sólo se debe ingresar la información correspondiente solicitada por el sistema e imprimir la constancia de la información registrada, para luego acercarse  a la SUNAT  junto con dicha constancia  a completar el trámite de inscripción ,exhibiendo el original y copia de su documento de identidad vigente y el original y copia del documento que corresponda al domicilio fiscal declarado inicialmente desde  la Internet . 

En caso  el trámite lo complete  una tercera persona  esta deberá acreditarse  ante la SUNAT con su documento de identidad vigente  , y una carta poder con firma legalizada , en la que conste expresamente la autorización otorgada por el titular.

ENLACE RECOMENDADO:

http://www.sunat.gob.pe/orientacion/ruc/inscripcionRUC/porInternet/index.html

4.-AUTORIZACIÓN Y TIPO DE COMPROBANTES DE PAGO QUE EMITEN AL EFECTUAR LAS VENTAS:

La solicitud de autorización para  impresión de comprobantes de pago se debe  efectuar a través de las imprentas autorizadas conectadas al sistema SOL (SUNAT Operaciones en Línea), llenando el formulario N° 816" Autorización de impresión a tráves de de SUNAT Operaciones en Linea "

ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/formularios/formularioCp.htm

En este régimen sólo se pueden  emitir boletas de venta y / o tickets   emitidos por máquinas registradoras . En  caso  requiera trasladar sus bienes de un lugar a otro deberá emitir guia de  remisión  de remitente.

En caso emita  tickets emitidos por máquinas registradoras, se debe registrar la máquina con el formulario Nº 809 de " Máquinas Registradoras" en los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT.

Está prohibido en este régimen  la emisión de  facturas.

ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/formularios/formularioCp.htm

Es importante tener en cuenta que por las   ventas menores a  S/ 5.00  la obligación de entregar el comprobante  de pago es facultad del emisor- es decir de quien efectúa la venta,- pero si el cliente lo exige debe entregarse el comprobante . Por las ventas menores a S/ 5.00 por las que no se emita el comprobante de pago ,se emitirá diariamente una sola boleta que acumule estas ventas, conservando el original y la copia para control de la SUNAT. 

5.- CATEGORÍAS Y CUOTA MENSUAL:
En el Nuevo RUS existen  5 categorías para pagar la cuota mensual. Para ubicarse en determinada categoría , hay que tener en cuenta el límite de ingresos brutos y adquisiciones
de acuerdo al siguiente cuadro :

 Categoría        Ingresos                Compras

                      Mensuales               Mensuales         Cuota Mensual

    1           S/       5,000      S/           5,000      S/               20
    2                      8,000                   8,000                         50
    3                    13,000                 13,000                       200
    4                    20,000                 20,000                       400
    5                    30,000                 30,000                       600



6. -CAMBIO DE CATEGORÍA:

Si en un determinado mes se superan o disminuyen los limites de los ingresos y/o compras señalados para  cada categoría, el contribuyente  deberá cambiar a la nueva categoría  que le corresponda y con ello la cuota del mes en que se produjo el cambio, será mayor o menor dependiendo de la categoría en que se ubique.

La SUNAT fiscaliza la correcta ubicación de cada contribuyente por categorías  y además si los ingresos anuales  que declara, son los que corresponden para permanecer en este régimen tributario.

7.-VENCIMIENTO, FORMAS Y LUGAR DE PAGO DE LA CUOTA MENSUAL:

  • La cuota mensual se paga según el cronograma de obligaciones tributarias mensuales que anualmente publica la SUNAT, tomando como referencia el último dígito de su RUC.

           El pago se realiza sin formulario impreso, y existen dos opciones : 

  • En la primera opción  a través del sistema pago fácil.

    Se denomina así porque el pago es directo sin formatos ante la ventanilla de un Banco .
    Sólo se  proporcionan los siguientes datos al cajero del Banco: el número del RUC, el periodo tributario al que corresponde el pago, el total de ingresos del mes, la categoría respectiva y el importe a pagar. En los casos que corresponda se debe indicar el importe a compensar por percepciones del IGV, sólo cuando se las hayan efectuado los proveedores.
    Para mayor facilidad puede utilizar (como hoja borrador) la Guía Pago Fácil del Nuevo RUS, disponible en cualquier agencia de los Bancos de la red autorizada
    Luego de concluida la operación el  Banco le expide la constancia de pago( vaucher).

El pago se puede realizar en cualquier agencia o sucursal  de los Bancos de la Nación, de Crédito, Continental, Scotiabank e Interbank.

ENLACE RECOMENDADO (GUIA PAGO FÁCIL DEL NUEVO RUS):

http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rus/guiaPagoFacil/Guia1611.pdf

La otra alternativa de pago es a través de la Internet mediante  la Declaracion Simplificada , que se realiza utilizando el  formulario virtual N° 1611  vigente a partir del período tributario mayo de 2009. Para efectuar esta declaración el contribuyente ingresa a SUNAT operaciones en linea (www.sunat.gob.pe) con su clave SOL( código de usuario y clave de acceso al sistema) ubica el Formulario Virtual N° 1611 y llena la información que le pide el formulario.

Para cancelar la cuota del Nuevo RUS tiene en este caso  dos modalidades:

  •  

    • a) Mediante pago con débito en cuenta de bancos, en esta modalidad el contribuyente ordena el débito en cuenta del importe a pagar indicado en el formulario virtual al Banco que seleccione y con el cual  tiene  un convenio de afiliación al servicio de pago de tributos. ó



    • b) Mediante pago con tarjeta de crédito o débito, en la cual se ordena el cargo en una Tarjeta VISA de cualquiera de los bancos autorizados, con el cual existe afiliación al servicio de pagos por Internet.

 

 



 

8. VENTAJAS QUE OFRECE EL NUEVO RUS:

-Pago de una cuota  mensual de acuerdo a la  categoría que le corresponda.

-No hay obligación de llevar libros contables.

-Pago simple a través de  dos opciones:   sistema pago fácil en ventanilla de banco o por la internet con formulario virtual .

9. OTRAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE LOS CONTRIBUYENTES DEL NUEVO RUS:

En caso tenga trabajadores dependientes deberá pagar y retener según el caso , los siguientes tributos mensualmente:

  • Contribuciones a Essalud: 9% sobre el  total de las remuneraciones pagadas, a cargo del Empleador.

  • Contribuciones a ONP:  Retención del 13% sobre total de las remuneraciones pagadas.

  • Retenciones de Quinta Categoría: Sólo en caso que sus trabajadores perciban remuneraciones mensuales - incluidas  las gratificaciones- mayores a S/ 1,775 al mes (cifra valida para el 2009)

Los tres conceptos indicados se declaran y pagan a través del PDT-0601 Planilla Electrónica.
  

10. OTRAS INFORMACIONES TRIBUTARIAS: RÉGIMEN DE PERCEPCIONES DEL IGV.

En caso venda productos, bienes o mercancías tales como: Gas Licuado, Harina de Trigo, cervezas , Agua Mineral, Agua Natural o Gaseosas, bienes vendidos a través de catálogo, pinturas, barnices, mayólicas, lavaderos, inodoros, jugos de hortalizas y frutos, discos ópticos etc., estará  sujeto al Régimen de percepciones del IGV al momento de efectuar sus compras.

Este mecanismo  establecido por la SUNAT permite que su proveedor al momento de venderle estos productos que se han descrito, le agregue un 2 % al total del precio de venta. Este importe puede aplicarlo como compensación en el pago mensual   de su cuota del Nuevo RUS que corresponda al mes en que  le efectuaron la percepción, utilizándolo  hasta agotar su importe  o en caso contrario solicitar a la SUNAT  la devolución de este importe .


ENLACE RECOMENDADO: http://www.sunat.gob.pe/orientacion/regimenes/rus/compensacion.html

11.  ACTIVIDADES NO COMPRENDIDAS

No pueden acogerse al Nuevo RUS , las personas naturales que realizan las siguientes actividades:


a) Servicio de transporte de carga de mercancías siempre que sus vehículos tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM (dos toneladas métricas).
b) Servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros.
c) Los que efectúen y/o tramiten cualquier Régimen, operación o destino aduanero con excepción de los siguientes contribuyentes:

  • Los que domicilien en zonas de fronteras y que realicen importaciones sin superar los $ 500 dólares por mes.

  • Los que efectúen exportaciones de mercancías a través de destinos aduaneros especiales o de excepción según la Ley General de Aduanas.

  • Los que realicen exportaciones definitivas de mercancías a través de Despacho Simplificado Aduanero.

 d)Los que organicen cualquier tipo de espectáculo público.

e)Los Notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores; agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/u operadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.
f) Los Titulares de negocios de casinos, máquinas tragamonedas y/u otros de naturaleza similar.
g) Los Titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.
h) Los que realicen Venta de inmuebles.
i) Los que desarrollen Actividades de comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de los Hidrocarburos.
j )Quienes entreguen bienes en consignación.
k) Servicios de depósitos aduaneros y terminales de almacenamiento.
l) Los que realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo.
m) Los que realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado.

1.  OPCIONES PARA REALIZAR LA DECLARACIÓN Y PAGO DE LA CUOTA MENSUAL DEL NUEVO RUS (Versión detallada)

La declaración y Pago de la cuota mensual del NUEVO RUS se realiza a través del Sistema PAGO FÁCIL ante la ventanilla de un banco autorizado o por Internet a través  de SUNAT virtual utilizando el formulario virtual N° 1611 ; esta segunda modalidad es opcional.


En el primer caso - de pago por sistema PAGO FÁCIL ,se debe proporcionar  al personal de ventanilla del   Banco elegido , en forma verbal o a través de la Guía -pago para el Nuevo RUS( pídala en  cualquier banco) los datos que a continuación se detallan:

  • RUC

  • Período tributario

  • Indicar si es la primera vez que declara el período que está pagando.

  • Total ingresos brutos del mes.

  • Categoría

  • Monto a compensar por Percepciones de IGV efectuadas

  • Importe a pagar
  1   2   3   4

Añadir el documento a tu blog o sitio web

similar:

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este icon2. Utilice su poder psicotrónico para hacer realidad sus deseos
«atascos» en sus señales psicotrónicas. —Cómo hacer que los demás vean las cosas como usted.—Haga resonar cada célula de su cuerpo...

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconDa lo mismo actuar sobre directamente la persona, como sobre cualquiera...

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconRecalificación de rendimientos del trabajo a rendimientos de actividades...

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconLo anterior es contrario a todas las expresiones y decisiones que...

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconAsí mismo se busca relacionar la forma en que el cpa se ve involucrado...

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconGeneral Motors de México reporta sus resultados en ventas de diciembre de 2013

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconIii persona y familia tema El sujeto de derecho Persona I. La palabra persona y sus acepciones

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconPublicados por primera vez en español, este libro recoge cuarenta...
«completos» del prodigioso William Faulkner, titánico en su producción, revolucionario en las cotas alcanzadas en tantas ocasiones....

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este icon2. Esta Asociación, se regirá por los presentes Estatutos, por las...

Si usted ha decidido iniciar sus actividades económicas como Persona Natural y sus ventas las efectuará al por menor y directamente al publico en general, este iconVamos a comenzar intentando explicar las principales actividades...




Economía


© 2015
contactos
e.exam-10.com