Comisión Técnica de Innovación






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títuloComisión Técnica de Innovación
fecha de publicación09.08.2017
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Comisión Técnica de Innovación
Se ha publicado en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), el Decreto 146/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que crea el Consell Valencià de la Innovació.

El Consell Valencià de la Innovació (CVI) se crea como órgano colegiado consultivo y de participación institucional de la Generalitat, adscrito a la Presidencia, por un período máximo de un año. Además de las funciones de interlocución con la comisión correspondiente de Les Corts, tiene como prioritario desarrollar los siguientes COMETIDOS:

1. Elaborar el proyecto de creación de una Agència Valenciana de la Innovació, con el objetivo de modernizar el modelo productivo, aumentar la competitividad de las empresas y sectores y la creación de más empleo y de mayor calidad. Esta Agencia tendrá, entre otras las siguientes funciones:


a) Estimular la innovación en todos los ámbitos de la actividad productiva y de la administración pública.

b) Coordinar y fortalecer el Sistema Valenciano de la Innovación (SVI) a través de todos sus agentes implicados.

c) Llevar a cabo la interlocución y coordinación con todos los agentes del SVI.


d) Promover e incrementar la participación y captación de fondos nacionales y europeos dirigidos a impulsar la innovación en la Comunitat Valenciana.


e) Proponer, con la participación de componentes del SVI, una estrategia regional de innovación para la Comunitat Valenciana.

2. Elaborar un informe de situación del SVI, canalizando las informaciones, iniciativas y propuestas que en esta materia formulen universidades, institutos tecnológicos, agentes económicos y sociales, entidades, organizaciones sectoriales y asociaciones o fundaciones, para su posterior toma en consideración en la configuración de la Ley de la Agència Valenciana de la Innovació.

3. Proponer cuantas iniciativas legislativas y materiales, así como cuantas actuaciones de las administraciones públicas se consideren oportunas para desarrollar el artículo 52 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana.

El CVI contará con los siguientes MIEMBROS:


a) La Presidencia, que corresponderá a la persona titular de la Secretaría Autonómica de Presidencia.


b) La Vicepresidencia Ejecutiva, que será designada por el Consell, a propuesta de la Presidencia de la Generalitat.


c) Hasta un máximo de 18 vocales designados y separados libremente por la persona titular de la Secretaría Autonómica de Presidencia, 9 a propuesta del vicepresidente ejecutivo y 9 a propuesta del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, en el que estarán presentes miembros de los distintos componentes del SVI, así como expertos de reconocido prestigio.


d) La Secretaría Técnica, cuyo titular será designado y cesado libremente por la persona titular de la Secretaría Autonómica de Presidencia, a propuesta del vicepresidente ejecutivo.


e) La Secretaría Administrativa, que será asumida por el funcionario o la funcionaria que designe la persona titular de la Secretaría Autonómica de Presidencia.

Asimismo, se ha publicado en el DOCV de el Decreto 150/2015, por el que nombra a Andrés García Reche, profesor de Economía Aplicada de la Universitat de València-Estudi General, como vicepresidente ejecutivo del Consell Valencià de la Innovació.

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