Terapéutico del Grupo 379 “Consumibles de Equipo Médico”






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11. COMUNICACIÓN DEL FALLO:
a). Por tratarse de un procedimiento de contratación realizado de conformidad con lo previsto en el artículo 26Bis, fracción III de la LAASSP, el acto de fallo se dará a conocer en junta pública y a los licitantes que hayan presentado proposiciones y que libremente hayan asistido al acto, se les entregará copia del mismo, levantándose el acta respectiva. Asimismo, el contenido del fallo se difundirá a través de COMPRANET. A los licitantes que no hayan asistido al presente acto, se les enviará por correo electrónico el aviso de publicación en este medio.
b). Con fundamento en el artículo 37 de la LAASSP, con la notificación del fallo antes señalado, por el que se adjudicará el (los) contrato (s), las obligaciones derivadas de este (s), serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en los términos señalados en el fallo y la fecha indicada en el numeral 12.2. de la presente convocatoria.
Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de proposiciones y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes y, se pondrán al finalizar los actos a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en el tablero de la oficina de Adquisiciones de la UMAE Hospital de Especialidades “Dr. Antonio Fraga Mouret”, ubicada en el sótano, de la cita Unidad Médica, sita en la cale de Seris y Zaachila S/N, colonia La Raza, C.P. 02990, México, Distrito Federal, por un término no menor a 5 días hábiles.


  • Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en COMPRANET para efectos de notificación a los licitantes que hayan participado a través de COMPRANET y a los que no hayan asistido al (los) acto(s), en el entendido de que este procedimiento sustituye el de notificación personal.




  • Independientemente de lo anterior, el contenido de dichas actas podrá ser consultado en el portal de transparencia “IMSS va a comprar” - “IMSS compró”.


12. . MODELO DE CONTRATO.
Con fundamento en el artículo 29, fracción XVI de la LAASSP, se adjunta como Anexo Número 9 (nueve), el modelo del contrato Abierto que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente licitación, el cual contiene en lo aplicable, los términos y condiciones previstos en el artículo 45, de la LAASSP, mismos que serán obligatorios para el licitante que resulte adjudicado, en el entendido de que su contenido será adecuado, en lo conducente, con motivo de lo determinado en la(s) junta(s) de aclaraciones y a lo que de acuerdo con lo ofertado en la proposición del licitante, le haya sido adjudicado en el fallo.
En caso de discrepancia, en el contenido del contrato en relación con el de la presente convocatoria, prevalecerá lo estipulado en esta última, así como el resultado de las juntas de aclaraciones.
Las cantidades mínimas y máximas por cada una de las partidas (claves) objeto de esta licitación, se detallan en el Anexo Número 1 (uno), el cual forma parte de las presentes bases.

12.1. PERÍODO DE CONTRATACIÓN.
El (los) contrato(s) que, en su caso, sea(n) formalizado(s) con motivo de este procedimiento de contratación será(n) de carácter anual y contará(n) con un período de vigencia del 03 de mayo al 31 de diciembre de 2013.

12.2 FIRMA DEL CONTRATO:
Con fundamento en el artículo 46 de la LAASSP, el contrato se firmará el día 13 de mayo de 2013.
Si el licitante a quien se le hubiere adjudicado contrato, por causas imputables a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la LAASSP y, se dará aviso a la Secretaria de la Función Pública (SFP), para que resuelva lo procedente en términos del artículo 59 de la LAASSP.
En la fecha que se formalice el contrato, el licitante que resulte adjudicado deberá presentar el original del Registro Sanitario o copia certificada del mismo, para su cotejo; o en su caso, el original o copia certificada del acuse de recibo del trámite de prórroga del Registro Sanitario, presentado ante la COFEPRIS a más tardar el 24 de febrero de 2010.
En caso de no presentar el documento señalado a la formalización del contrato, se considerará que éste no se formalizó por causa imputable al licitante.

13. GARANTÍAS
13.1 GARANTÍA DE LOS BIENES:
El proveedor deberá presentar, a más tardar el día de la firma del contrato, escrito en papel membreteado de éste, firmado por su representante legal, por el que se garantice que el período de caducidad de los bienes, no podrá ser menor a 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega de los bienes.
No obstante lo anterior, el proveedor podrá entregar bienes con una caducidad mínima de hasta 9 (nueve) meses, siempre y cuando entregue una carta compromiso, en la cual se obligue a canjear dentro de un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al que sea requerido el canje, sin costo alguno para el Instituto, aquellos bienes que no sean consumidos, por éste, dentro de su vida útil; en el contenido de dicha carta, se deberá indicar la(s) clave(s), con su descripción, fabricante y número de lote.


13.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
El licitante ganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, conforme al Anexo Número 10 (diez).
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato se liberará mediante autorización por escrito por parte del Instituto en forma inmediata, siempre y cuando el proveedor haya cumplido a satisfacción del Instituto, con todas las obligaciones contractuales.
No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, el licitante ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total o máximo del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor del Instituto, de acuerdo con el procedimiento siguiente:


  • El cheque debe expedirse a nombre del Instituto Mexicano del Seguro Social.




  • Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en el Departamento de Finanzas de la UMAE Hospital de Especialidades “Dr. Antonio Fraga Mouret” del Centro Médico Nacional La Raza




  • El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el Instituto constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del Instituto deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los bienes correspondientes.


Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la Ley.



    1. SANCIONES POR ATRASO E INCUMPLIMIENTO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES O PRESTACIÓN DEL SERVICIO.


La convocante podrá establecer deducciones al pago de bienes o servicios, por cualquier incumplimiento parcial o cumplimiento deficiente, respecto de las partidas o conceptos que integran el contrato, cuyo limite será hasta el 10% (Diez Por Ciento), del monto total o total máximo de este, de conformidad con articulo 53 Bis de la LAASSP
En apego al articulo 47 del reglamento de la LAASSP, las deducciones al pago de bienes o servicios serán determinados en función de los bienes entregados o servicios prestados de manera parcial o deficiente y las deducciones serán calculadas hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación sin exceder la parte proporcional de la garantía de cumplimiento. Los montos a deducir se aplicaran en la factura que el proveedor presente para su cobro una vez cuantificada la deducción correspondiente. La convocante establecerá el limite máximo que se aplicara por concepto de deducción de pagos a partir del cual se podrán cancelar la o las partidas, objeto del incumplimiento o bien, la rescisión del contrato
La convocante aplicará una pena convencional por cada día de atraso en la entrega de los bienes, por el equivalente al 2.5% (Dos Punto Cinco Por Ciento), sobre el valor total de lo incumplido, sin incluir el IVA, en cada uno de los supuestos siguientes:
a) Cuando el licitante no entregue los bienes que le hayan sido requeridos, dentro de los quince días naturales posteriores a la fecha de emisión de la orden de reposición correspondiente. En este supuesto la aplicación de la pena convencional podrá ser hasta por un máximo de cuatro días como entrega con atraso;

b) Cuando el licitante no reponga dentro del plazo señalado en el segundo párrafo de la Cláusula Quinta del presente contrato, los bienes que la convocante haya solicitado para su canje.
La pena convencional por atraso se calculará por cada día de incumplimiento, de acuerdo con el porcentaje de penalización establecido, aplicado al valor de los bienes entregados con atraso, y de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda a la orden de reposición o concepto. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe de dicha garantía.

El licitante a su vez, autoriza a la convocante a descontar las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deberá cubrir a el licitante.
Conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 96, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se aceptará la estipulación de penas convencionales, a cargo de la convocante aplicara una pena convencional por cada día de átrazo en la entrega de los bienes, por el equivalente al 2.5% (Dos Punto Cinco Por Ciento).

14. INCONFORMIDADES.
De conformidad con lo dispuesto en artículo 66 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad ante el Órgano Interno de Control en el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), o a través de la dirección de: compranet@funcionpublica.gob.mx, por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del mencionado ordenamiento, presentándola directamente en el Área de Responsabilidades, en días hábiles, dentro del horario de 9:00 a 15:00 horas, cuyas oficinas se ubican en:

Melchor Ocampo número 479, 9° piso,

Colonia Nueva Anzures,

Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590,

México D.F.
15.- FORMA DE PAGO

La convocante se obliga a pagar a el licitante, la cantidad señalada en el contrato en pesos mexicanos, a los 20 días naturales posteriores a la entrega por parte de el licitante, de los siguientes documentos:
Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique los bienes entregados, número de proveedor, número de contrato, en su caso, el número de la(s) orden(es) de reposición, que ampara(n) dichos bienes, número de alta, número de fianza y denominación social de la afianzadora, misma que deberá ser entregada en la oficina de tramite de erogaciones de la convocante
En caso de que el licitante presente su factura con errores o deficiencias, conforme a lo previsto en el artículo 90 del Reglamento de la Ley, la convocante dentro de lo tres días hábiles siguientes a la recepción, indicará por escrito a el licitante las deficiencias que se deberán corregir.
El licitante podrá optar porque la convocante efectúe el pago de los bienes suministrados, a través del esquema electrónico intrabancario que tiene en operación, con las instituciones bancarias siguientes: Banamex, S.A., BBVA, Bancomer, S.A., Banorte, S.A. y Scotiabank Inverlat, S.A., para tal efecto deberá presentar su petición por escrito en el departamento de finanzas de la convocante, indicando: razón social, domicilio fiscal, número telefónico y fax, nombre completo del apoderado legal con facultades de cobro y su firma, número de cuenta de cheques (número de clabe bancaria estandarizada), banco, sucursal y plaza, así como, número de proveedor asignado por la convocante.
En caso de que el licitante solicite el abono en una cuenta contratada en un banco diferente a los antes citados (interbancario), la convocante realizará la instrucción de pago en la fecha de vencimiento del contrarecibo y su aplicación se llevará a cabo al día hábil siguiente, de acuerdo con el mecanismo establecido por el Centro de Compensación Bancaria (CECOBAN).
Anexo a la solicitud de pago electrónico (intrabancario e interbancario) el licitante deberá presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, poder notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y le serán devueltos en el mismo acto a el licitante.
Asimismo, la convocante podrá aceptar de el licitante que tenga cuentas líquidas y exigibles a su cargo, que éstas se apliquen por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social.
El licitante que celebre contrato de cesión de derechos de cobro, deberá notificarlo por escrito a la convocante, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión. El mismo procedimiento aplicará en el caso de que el licitante celebre contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
El pago de los bienes quedará condicionado proporcionalmente al pago que el licitante deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso.

16. ANEXOS.


ANEXO NÚMERO

NOMBRE

1

Requerimiento

2

Convenio

3

Carta relativa al punto 6, incisos b) y h)

4

Formato para la manifestación que deberán presentar las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que participen con tal carácter en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 34 del Reglamento de la Ley.

5

Formato de carta relativa al punto 6, inciso g)

6

Lista de verificación de documentos

7

Proposición económica

8

Acreditación del licitante

9

Contrato de adquisición de bienes muebles

10

Fianza de cumplimiento de contrato

11

Constancia de entrega de muestras

12

Sistema de Abasto Institucional (orden de reposición)

13

Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante para dar cumplimiento al Artículo Quinto, Regla Segunda, para bienes de importación.

14

Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)

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