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ACUERDO MUNICIPAL N° DE 2010 POR EL CUAL SE DEROGA EL ACUERDO 025 DE 2000 Y SE ADOPTA EL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL MUNICIPIO DE COPACABANA. El Concejo Municipal de Copacabana, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las que confiere el numeral 2° del Artículo 313 de la Constitución Política de la República de Colombia, los Artículos 40 y 41 de la Ley 152 de 1994, y los Artículos 22, 24 y 25 de la Ley 388 de 1997, A C U E R D A TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. REVISIÓN Y AJUSTE DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Conforme con las previsiones consagradas por la Ley 388 de 1997, en especial en lo establecido en el Artículo 28 de la misma, y en armonía con el Decreto 879 de 1998, y el Decreto reglamentario de la revisión de los POT, Decreto 4002 de 2004, adóptese para el Municipio de Copacabana el presente Acuerdo que contiene la revisión y el ajuste del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, antes Acuerdo 025 de 2000, y de manera explícita los elementos que legalmente lo integran: el Documento Técnico de soporte, la memoria justificativa, el documento de seguimiento y evaluación, la cartilla como documento resumen, los anexos y las disposiciones que conforman el presente Acuerdo. PARAGRAFO 1. Adóptense los siguientes planos de diagnóstico: (PD) 24. Mapa político administrativo 25. Mapa de división predial 14. Amenazas 19. Riesgo 20. Uso actual del suelo 21. Conflictos del suelo 22. Recurso hídrico 23. Microcuencas PARAGRAFO 2. Adóptense los siguientes planos de formulación: (PF) Planos Generales: Escala Código 17. Modelo de ordenamiento terrirorial 18. Clasificacion general del suelo 16. Proyectos Estratégicos 7. Sistema de espacio público, equipamientos y patrimonio -zonificacion ambiental Planos Suelo Urbano: 1. Perímetro Urbano 3. Tratamientos Urbanos 4. Uso del suelo urbano 5. Protección del suelo urbano 6. Ejes de articulación urbana 8. Sistema Vial urbano 25. Sistema de espacio público, equipamiento y patrimonio urbano Planos suelo Rural: 26. Categorias del suelo rural -Tratamientos centros poblados rurales 11. Sistema vial rural 12. Usos del suelo rural 13. Áreas de protección 15. Sistema de espacio público, Equipamientos y Patrimonio Rural PARAGRAFO 1. Se autoriza a la Adminsitracion municipal para que en un término de seis (6) meses contados a partir de la aprobación del presente acuerdo, se efectúen los ajustes al documento de soporte y a los planos aprobados, con base en el contenido del presesente Acuerdo. ARTICULO 2. DE LA APROBACION. Apruebase la Révisión y ajuste al Plan Básico de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Copacabana, como herramienta para inducir el desarrollo territorial, establecer los fundamentos del desarrollo sectorial y propiciar el mejoramiento de la calidad de vida de los habitandes del municipio. ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El ámbito espacial de validez y aplicación de las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo está constituido por la totalidad del territorio municipal de Copacabana. ARTICULO 4. ALCANCE DE LA REVISION Y AJUSTE. La presente revisión y ajuste del Plan de ordenamiento Territorial, constituye una revisión ordinaria de largo plazo, atendiendo las disposiciones nacionales vigentes. ARTICULO 5. JUSTIFICACION DE LA REVISIÖN Y AJUSTE. La revisión del Plan de Ordenamiento Territorial se sustenta en los siguientes factores:
Decreto 223 de noviembre 08 de 2002: POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDEN NORMAS COMPLEMENTARIAS AL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MUNICIPIO DE COPACABANA. Decreto 312 de diciembre 04 de 2003: POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN LAS FICHAS DE NORMATIVA URBANA PARA EL MUNICIPIO DE COPACABANA. Acuerdo Municipal 016 de diciembre 02 de 2004: POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN VIAL Y DE TRANSPORTE PARA EL MUNICIPIO DE COPACABANA.
ARTÍCULO 3. DOCUMENTOS DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Hacen parte integrante de este Acuerdo, los documentos “Memoria Justificativa”, “Evaluación y Seguimiento”, el presente articulado, con sus planos y anexos, los Documentos Técnicos de Soporte (Componentes General, Urbano y Rural) y el Documento Resumen, en consecuencia, conforme con las previsiones establecidas por la Ley 388 de 1997 y en armonía con lo consagrado en los Decretos 879 de 1998 y 4002 de 2004, modifíquese para el Municipio de Copacabana los documentos técnicos y la planimetría protocolizada con el Acuerdo 025 de 2000. ARTÍCULO 4. VIGENCIA DEL PLAN BÁSICO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL. En aplicación de lo dispuesto por las Leyes 388 de 1997 y 902 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios, el Plan Básico de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Copacabana, adoptado mediante el presente Acuerdo conservará las vigencias definidas para cada componente en el Acuerdo 025 de 2000. Parágrafo. Las normas aquí contenidas conservarán su vigencia al vencimiento del plazo, a no ser que sean objeto de modificación expresa. ARTÍCULO 5. INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS. En los casos de ausencia de norma exactamente aplicable a una situación, o de contradicciones, o falta de claridad en las normas urbanísticas, la facultad de interpretación corresponderá a la Secretaría de Planeación o la dependencia que haga sus veces, la cual emitirá sus conceptos mediante circulares que tendrán el carácter de doctrina para la interpretación de casos similares. Para esta interpretación de la norma, el Secretario de Planeación atenderá a las siguientes reglas:
Parágrafo: Todo acto administrativo que tenga por objeto interpretar, aclarar, revisar, actualizar o modificar una norma urbanística deberá, dentro de su motivación, establecer la categoría de la norma sobre la cual pretenda actuar; para el efecto deberá solicitar siempre concepto al Consejo Consultivo de Ordenamiento Territorial, hecho que deberá constar expresamente en el acto administrativo que se produzca. TITULO II COMPONENTE GENERAL PRIMERA PARTE CAPITULO I IMAGEN OBJETIVO Y MODELO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL ARTÍCULO 6. CONCEPTO. La imagen objetivo del Municipio establece el escenario de futuro que se proyecta para el largo plazo; según la Ley 388 de 1997 y sus decretos reglamentarios, se define un período de doce años como horizonte para alcanzar lo formulado en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, correspondiente a tres períodos constitucionales completos de las administraciones municipales. Con base en el trabajo de concertación realizado con la comunidad, durante el proceso de participación que antecedió el Acuerdo 025 de 2000 (PBOT del Municipio de Copacabana) se plantea como Imagen Objetivo para el Municipio la siguiente ARTÍCULO 7. DE LA IMÀGEN OBJETIVO. Como un referente indispensable, y apoyado en los principios de la ley 388, el Plan Básico de ordenamiento territorial ha identificado el siguiente imaginario para Copacabana. “COPACABANA MUNICIPIO RESPONSABLE DE LA PLANEACIÓN DE SU TERRITORIO Y EL MANEJO DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS, SOCIALMENTE EQUILIBRADO POR LA COBERTURA Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS SOCIALES QUE OFRECE, CONSCIENTE DE SUS FORTALEZAS PARA PROMOVER ACTIVIDADES INDUSTRIALES Y EMPRESARIALES EN LA REGIÓN, E INTEGRADO ESPACIAL Y FUNCIONALMENTE A PARTIR DE LOS EJES ESTRUCTURANTES, EL RÍO ABURRA, LAS MICROCUENCAS, SU OROGRAFÍA Y EL ESPACIO PÚBLICO.” ARTÍCULO 8. DEL MODELO DE OCUPACIÓN. El modelo de ocupación es el que define y orienta las actuaciones sobre el territorio. Se fundamenta en los principios anteriormente descritos, parte del reconocimiento de las dinámicas actuales y las reorienta para insertarse en el contexto regional y metropolitano, buscando el equilibrio entre el territorio y la población que lo habita. El municipio debe reconocerse como:
El modelo de ocupación se desarrolla a partir de:
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