Cómo se Inicia la Auditoria Gubernamental y cuáles son los Procedimientos para el Concurso de Méritos






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k. Representante

De acuerdo a lo previsto en el Art. 24a del Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003 CG, la entidad designa como Coordinador General ante la Contraloría General de la República al CPC. ....................., Jefe del Órgano de Control institucional.

ANEXO DE LAS BASES N.º 01

CALIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS TÉCNICAS
La evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realizará aplicando los criterios y factores establecidos en el artículos 36 del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoria y los puntajes siguientes:

El puntaje mínimo aprobatorio es de 55 puntos sobre un puntaje total de 100 puntos (artículo 37 del Reglamento).







De la Sociedad de Auditoria

Puntaje

Ponderado





Del Equipo de Auditoria

Puntaje

Ponderado

20%

80%

I

Enfoque y metodología de la Auditoria




III

Nivel profesional, experiencia y formación del equipo de auditoria propuesto




1.1

Objetivos

1,80

III.1

Experiencia en Auditoria

20,00

1,2

Procedimientos

0,20

III.2

Experiencia en Entidades Afines

16,00

1,3

Cronograma

3,60

III.3

Experiencia: Supervisor / Encargado

12,000

II

Experiencia y desempeño de las Sociedades




III.4

Capacitación

16,00

II.1

Experiencia en Auditoria

2,00

III.5

Condición Contractual

12,00

II.2

Experiencia en Entidades Afines

2,40

III.6

Plantel Profesional

4,00

II.3

Anotaciones en el registro

10,00
















20,00







80,00


Nota:

Para la calificación de la experiencia en auditoria y experiencia en el cargo se tomará en cuenta el tiempo efectivo ejecutado


ANEXO DE LAS BASES N.° 02

En la elaboración del contrato deberá tenerse en cuenta la estructura establecida, a fin de facilitar la correlación entre las cláusulas propuestas y por ende la evaluación de las mismas.
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE

AUDITORÍA EXTERNA

Conste por el presente documento, el Contrato de Locación de Servicios, que celebran de una parte................................................................. Con domicilio en........................... que en lo sucesivo se denominará........................... con RUC N.°............., representada por su......................con D.N.I N.°...........y RUC N.°.................... (Cuyo poder consta inscrito a fojas........... del Tomo......... Asiento........... Del Registro Mercantil de..........) (ó nombrado por.......... N.°..........) y de la otra parte la Sociedad de Auditoría................... con domicilio para todos los efectos de este contrato en..................... que en lo sucesivo se denominará "LOS AUDITORES", representada por su socio.................. con D.N.I. N.°........ Y RUC N.°........... Con poder por Escritura Pública otorgada por ante el Notario Dr................. con fecha............, inscrita en................. De los Registros Públicos de Lima; en los términos y condiciones siguientes:

PRIMERA.- De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Contraloría Nº ......... de fecha ............ y de acuerdo a las Bases del Concurso Público de Méritos Nº ............ que forma parte del presente contrato, la entidad contrata los servicios profesionales de LOS AUDITORES para examinar los Estados Financieros y otros aspectos operativos correspondiente al ejercicio económico ..........................

LOS AUDITORES realizarán el examen conforme a los objetivos contemplados en las bases, las cuales son parte integrante del presente contrato, de acuerdo a lo establecido en los artículos 23 y 53 del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG.

LOS AUDITORES en las desviaciones que detecten en el proceso del examen, deberán señalar en cada caso, las causas que las originan, los efectos reales que producen, así como los efectos potenciales que generarían de subsistir dichas desviaciones, recomendando las acciones correctivas pertinentes para mejorar y/o superar tales situaciones.

SEGUNDA.- El equipo de trabajo se encuentra conformado por el personal indicado en el Formato 1 (F-1) -Asignación de Personal por Categorías- de la Propuesta Técnica ganadora de LOS AUDITORES. El trabajo de campo del equipo de auditoria se deberá realizar en el (los) local(es) de la entidad examinada.

La sociedad de auditoria elaborará su plan, programa de auditoria y cronograma definitivo, teniendo en cuenta las horas de trabajo señaladas en su propuesta.

Si como consecuencia de la planificación, la sociedad de auditoria determina la necesidad de modificar las horas propuestas, deberá precisar los motivos que las sustenten para su evaluación por la Contraloría General. Si el pronunciamiento expreso realizado por este Órgano Superior de Control determina que la modificación de las horas propuestas se encuentra adecuadamente sustentada, las partes formalizarán dicho cambio con la suscripción de la addenda respectiva.

TERCERA.- LOS AUDITORES se comprometen a iniciar las labores de auditoria el día........... (INDICAR FECHA EXACTA).

La entrega de los Informes de Auditoria Financiera, Largo, Presupuestal y (otros informes de ser el caso) será el día.................... (INDICAR FECHA EXACTA).

Recibidos los informes, la entidad deberá devolver a LOS AUDITORES la carta fianza que garantiza el adelanto de la retribución económica.

CUARTA.- El desarrollo del examen, así como la elaboración de los informes de auditoria, se efectuará de acuerdo a las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas y en concordancia con la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, las Normas de Auditoria Gubernamental NAGU, aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG de 22-09-95 publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" el 26-09-95, modificada por las Resoluciones de Contraloría N.° 141-99-CG del 25-11-99 y 259-2000-CG de 07-12-00; Manual de Auditoria Gubernamental - MAGU, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 152-98CG; modificada por la Resolución de Contraloría Nº 141-99-CG del 25-11-99 y otras disposiciones dictadas por la Contraloría General, así como a las demás normas aplicables a la Entidad por los Organismos Internacionales o Nacionales (BID, AIO, BIRF, CONASEV, Superintendencia de Banca y Seguros, etc.) CONSIGNARSE SOLO SI LE ES APLICABLE.

LOS AUDITORES encargados de realizar el examen declaran conocer las normas antes citadas.

QUINTA.- LOS AUDITORES se obligan a remitir a la Contraloría General en un plazo de quince (15) días calendario contados, desde la fecha de inicio de la auditoria un ejemplar del plan de auditoria, de acuerdo a lo establecido en la NAGU 2.20 siguiendo la estructura de la MAGU sección 190, programa de auditoria de acuerdo a las disposiciones contempladas en la NAGU 2.30; y, el cronograma de ejecución conforme lo establece el artículo 61 del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoria aprobado por Resolución de Contraloría N.° 140-2003-CG.

SEXTA.- LOS AUDITORES al término del examen, deberán presentar a la entidad los informes de Auditoria de conformidad al Capítulo III, Título Cuarto (NAGU 4) de las Normas de Auditoria Gubernamental, según el número de ejemplares de los informes de auditoria financiera, largo y presupuestal, señalados en las bases del concurso, así como otros informes requeridos por la Entidad (Superintendencia de Banca y Seguros, CONASEV, BID, BIRF, AID, etc.). CONSIGNARSE SOLO DE SER EL CASO.

Asimismo, deberán elevar en forma simultánea a la Contraloría General un (01) ejemplar de cada informe emitido, a efecto de su evaluación, sustentación y verificación de cumplimiento del alcance del examen, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 62 y 65 del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoria, adjuntando un disquetes 3.5 H.D., versión Word For Windows conteniendo los Informes desarrollados. Adicionalmente, deberá remitir a la entidad y a la Contraloría General un disquetes 3.5 H.D., conteniendo el resumen del informe de control debidamente registrado en el Sistema de Auditoria Gubernamental (SAGU), en cumplimiento de la Directiva W 0092001-CG/B180, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 070-2001-CG de 30-05-01.

SÉTIMA.- La entidad pagará a LOS AUDITORES por concepto de retribución económica la suma de S/ . ...................... (Incluido el Impuesto General a las Ventas).

La retribución económica de acuerdo a lo establecido en las bases y propuesta económica, será abonada de la siguiente manera:.................

OCTAVA.- LOS AUDITORES, a la firma del presente contrato, otorgarán a favor de la entidad, una carta fianza incondicional, irrevocable, solidaria y de realización automática en el país a solo requerimiento de la entidad, sin beneficio de excusión, emitida por una institución bancaria o financiera autorizada por la Superintendencia de Banca y Seguros por el 20% del monto total del contrato (retribución económica + IGV) válida hasta sesenta (60) días calendario después de la entrega del último Informe de auditoria.

De ser el caso, LOS AUDITORES presentaran, otra carta fianza en las mismas condiciones, equivalente al monto del adelanto de la retribución económica (hasta el 50% de la retribución económica + IGV), válida hasta la fecha de entrega del último Informe de Auditoria.

NOVENA.- Queda claramente establecida que no existe obligación alguna de parte de (la entidad) de proporcionar a LOS AUDITORES, personal para las labores contratadas siendo potestativo de ésta hacerla a nivel de colaboración.

La entidad por ningún motivo y en ningún caso, asumirá solidaridad respecto a las obligaciones laborales, tributarias y/o de cualquier otra índole que LOS AUDITORES contraigan con terceros, para el cumplimiento de este Contrato.

DÉCIMA.- Si los Informes de Auditoria no fueran entregados en el plazo estipulado en la Cláusula Tercera de este Contrato, los Auditores se harán acreedores a una sanción equivalente al uno por ciento (1%) de la retribución económica pactada por cada día hábil de atraso en la entrega del Informe de Auditoria hasta alcanzar el 10% del monto total de la retribución económica, luego de lo cual se procederá de acuerdo a lo dispuesto por la Cláusula Décimo Primera; quedando exceptuadas las situaciones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados y puestos en conocimiento de la Contraloría General.

DÉCIMA PRIMERA.- Si las partes contratantes no cumplieran con las obligaciones previstas en el presente contrato o incurrieran en retraso en la entrega de los Informes de Auditoria mayor a diez (10) días hábiles, se procederá conforme al siguiente detalle:

a. Una de las partes comunicará a la otra el incumplimiento observado, dándole un plazo de tres (03) días hábiles para su ejecución.

b. Vencido el plazo otorgado y previo revocatorio por parte de la Contraloría General, la parte afectada podrá declarar administrativamente la resolución extrajudicial del contrato mediante Carta Notarial.

En el caso que la entidad sea la parte afectada por el incumplimiento podrá hacer efectivas las Cartas Fianzas otorgadas o cobrar la penalidad por incumplimiento del contrato. En cualquiera de los casos se ejecutará el equivalente al 10% del monto total del contrato, sin perjuicio de interponer la acción legal que corresponda.
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