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Bolilla XXIVEl sistema penal: prisiones. La violencia en las prisiones. Por sistema penal, López Rey Arroyo, señala que he de entenderse en un conjunto lineal de sectores o partes, sino un todo orgánico de índole global en el que distintos sectores han de actuar entre sí como consecuencia de una estrecha interdependencia funcional, sin que ninguno de aquellos pretenda ejercer una hegemonía sobre los demás, aunque sí de coordinación a afecto de justicia penal. Sigue afirmando dicho autor, que tal sistema es parte del sistema funcionales existentes en un país dado; su extensión debe ser reducida tanto como sea posible, pero los medios a su disposición abundantes para hacer efectiva la justicia social penal. Lo primero se logrará con una criminalización mínima, pero adaptable a las existencias de lugar, tiempo y progreso técnico-científicos, y lo segundo, adjudicando en el presupuesto nacional partidas muchos mayores que las actuales. De esta manera debe considerarse y entenderse que el sistema penal no solo afecta al órgano jurisdiccional sino todas las disposiciones afectan directa e indirectamente en el fenómeno sociopolítico de la criminalidad, como tampoco, debe ser confundido con la dogmática jurídica, que es necesaria como expresión de un sistema de garantías. Por ello, la complejidad de los factores y elementos intervinientes, necesariamente, debió ser objeto de estudio previo a las decisiones del sistema penal. Garrido y otros, señalan que los principales mecanismos formales que utiliza el estado para el control de la delincuencia son la policía, los tribunales y las prisiones. Así, por sistema penal debe entenderse el Código Procesal Penal, Código Penal, leyes penales legisladas dispersamente, organización de la policía, órganos jurisdiccionales y sus tratamientos sean en prisiones o en albergues (minoridad u hospitales para enfermos) Obviamente que como sistema que es, deben operarse en un mismo sentido, esto es, como un toso y no la aplicación o vigencia en forma fragmentaria. Es decir, que el sistema penal para su operatividad debe intervenir los elementos que lo componen de modo sistemático. La realidad nuestra de cada día nos muestra que dicha integración es más ficticia que real y no actúa como un todo, sino en las generalidades de los caos opera con independencia. Ésta circunstancia o aspecto hace que se atente contra el funcionamiento del correcto sistema penal; y, por ende, aumenta la ineficacia, además de ser muy costoso. Debe reconocerse que en una sociedad jurídicamente organizada a partir de esos mecanismos se cifran las confianzas para obtener ciertas mejoráis o control en materia de criminalidad. Sin criminalidad a pesar de esos esfuerzos no solo se repite uno y otra vez la criminalidad, sino que sobre todo va ne aumento constante. Por ello es preciso interrogarnos respecto de ¿cuál es la evolución de la criminalidad en el Paraguay? Hay cierto aspecto que la prensa y la misma sociedad fueron tejiendo acerca de los principales problemas de la administración de justicia paraguaya, en los siguientes términos:
El problema sexual en las prisiones. Al parecer por motivos de pudor el problema sexual de las prisiones nunca ha sido encarado con la suficiente firmeza como para encontrar las soluciones reales y efectivas que pongan termino a las perversiones que se originan como consecuencia de la falta de relaciones heterosexuales de lo reclusos. El delincuente esta para readaptarlo, y la abstinencia en un hombre libre, lo convierte en anormal. En este punto coinciden los médicos aunque no de manera categórica desde el punto de vista fisiológico un individuo normal no puede abstenerse pues le acarrea trastornos psíquicos y fisiológicos. Como sabemos esta privación causa trastornos en la mente y en la salud de los penados lo que los impulsa a cometer abusos contra su propio cuerpo y los lleva a práctica contra natura. En estos casos el hombre recluido con otros individuos de su propio sexo, busca casi siempre un sustituto al acto genérico que desea realizar, y no es raro que procure ahogar su tensión social, pervirtiendo a otros reclusos con el fin de realizar el acto carnal supletorio del culto con la mujer. Por eso en los establecimientos penales se adquieren vahitos de inversión tanto activo como pasivo. Pues este no solo trae problemas con los reclusos, sino también provocan en el caso de ser casado, la desintegración de la familia, pues las mujeres ante la falta de satisfacción sexual pueden incurrir en infidelidades, por ello la corriente moderna tiende a buscar la solución por conducto de la persona de sexo opuesto que permite al ayuntamiento carnal de los reclusos. |